Tanto un particular como una gran empresa pueden causar daños a un tercero, estando obligados a repararlos (según el Código Civil). Sin embargo, el riesgo de este tipo de contingencias y la cantidad con que habrá que indemnizar a los afectados varía en cada caso. Para hacer frente a todos ellos, evitando, de esta forma, riesgos económicos innecesarios, se debe contar con un Seguro de Responsabilidad Civil (obligatorio en diversas ramas y contextos)..
En este artículo, y antes de profundizar en lo que es un Seguro de Responsabilidad Civil, vamos a explicarte en qué consiste el concepto de responsabilidad civil y a darte algunas indicaciones sobre las maneras que existen de asegurar este supuesto.
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La responsabilidad civil en el Código Civil
El Código Civil es el cuerpo legal que regula sustancialmente las materias jurídicas civiles. En el caso de España, dicha regulación de carácter común se promulgó en el BOE RD. 206 del 25 de julio de 1889, que, con muchas modificaciones, sigue vigente hoy día.
En el art. 1902 del Código Civil, dice exactamente: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.
¿Qué implica este artículo?
Exige a toda persona a responder por sí misma o por aquellas de quienes se deba responder, tal y como indica el art. 1903 del mismo texto (los padres por los hijos, los tutores por los tutelados, los dueños o directores por sus empleados o dependientes, etc.).
Esta exigencia al causante del daño, llamada responsabilidad civil (abreviada frecuentemente como RC) suele suponer, en primera línea, una indemnización económica o, en caso de disconformidades, un posterior enfrentamiento judicial. En cualquiera de los casos, por lo tanto, dicha responsabilidad puede significar un notable desembolso de dinero que ponga en peligro el patrimonio personal o la viabilidad de una empresa.
Seguro de responsabilidad civil: ¿cómo puede ayudarnos en un caso de RC?
Ante estos grandes problemas derivados de daños causados a terceros, estas contingencias se pueden garantizar con un Seguro de Responsabilidad Civil que responda, llegado el caso. Aspectos tan diferentes como una travesura infantil (a título personal) o una negligencia de una gran multinacional (a título empresarial) conllevarán la consiguiente indemnización, que sin duda variará en función del daño causado. De ahí que sea necesario hablar siempre de los diferentes tipos de Responsabilidad Civil.
¿A qué tipos de RC hacemos frente con el Seguro de Responsabilidad Civil?
Puesto que las necesidades de cobertura de responsabilidad civil son distintas, según cada caso, existen diferentes maneras de protegerse. En este sentido, al pensar en un Seguro de Responsabilidad Civil, se ha de considerar siempre el siguiente aspecto (el cual es clave): ¿A quién cubre: a mí, a mi empresa o a las personas a mi cargo? Veamos algunos ejemplos:
En lo relativo a las pymes y autónomos
Para dar cobertura a la responsabilidad civil, el sector asegurador ha diseñado pólizas con coberturas específicas, en función de las características y necesidades de cada negocio, por ejemplo, el seguro de responsabilidad civil para autónomos y empresas incluye las siguientes (en función de la actividad y perfil de cada riesgo):
- RC Explotación: es la que se relaciona, directamente, con los daños a terceros que se originen por el desarrollo de la actividad empresarial o evento asegurado.
- RC Inmobiliaria: se relaciona con los daños que una propiedad, ya sea un edificio, local o terreno, pueda causar a terceros, incluyendo también aquellos derivados de obras de mantenimiento o reformas realizadas en ella.
- RC Locativa: es la que se relaciona con los daños (personales y materiales) que sufre un tercero al alquilarle el inmueble en el que se desarrolla su actividad empresarial (en concreto, durante el tiempo que esté en él).
- RC Patronal: se relaciona con los daños personales que puedan sufrir los empleados, como consecuencia de un accidente laboral, del cual sea responsable la empresa que los contrata.
- RC Productos: es la que se relaciona con los daños que un producto ya entregado o un servicio ya realizado pueda hacer a un usuario (por un defecto de fabricación o de diseño, por ejemplo).
- RC Profesional: es la que se relaciona con los daños a terceros que genera el desempeño de una profesión, en la mayoría de las ocasiones, colegiada (abogado, juez, secretario del Ayuntamiento, etc.).
- RC Daños a Bienes de Terceros: es la que se relaciona con los daños que deriven de custodiar, en las propias instalaciones aseguradas, bienes personales a terceros.
Estas no son las únicas, sí las más destacadas, existiendo otras coberturas que se deberán valorar en función de la necesidad de cada negocio, por ejemplo: RC Contaminación, RC Daños a Colindantes/ Conducciones, RC Probadores, RC Bienes de Empleados, RC Sustitución o RC Retirada.
En el sector asegurador también encontramos pólizas que, de forma específica, cubren la responsabilidad civil de gerentes y administradores (como, por ejemplo, el seguro de responsabilidad civil para directores, gerentes y administradores de BBVA), protegiéndoles, por ejemplo, en lo que a su patrimonio personal se refiere, así como en las consecuencias económicas derivadas de posibles procesos de defensa (por reclamaciones derivadas del ejercicio de sus funciones directivas).
Por último, es posible que la cobertura de responsabilidad civil se incluya en la póliza del seguro para negocios, como el de BBVA, una póliza multirriesgo que ayuda a protegerlo, sea este desempeñado en un local, un comercio, una oficina, una nave o un taller.
En lo relativo a particulares
En este caso, si se quiere contar con un Seguro de Responsabilidad Civil, lo ideal es contratar un seguro de hogar (ya que suele estar incluido en él). De esta forma, quedarán cubiertas las indemnizaciones derivadas del daño que cause el asegurado y, también, las personas y/o los animales a su cargo.