El uso del patinete eléctrico se ha extendido con rapidez en las ciudades españolas, lo que ha generado nuevas preguntas sobre responsabilidades, seguridad y regulaciones específicas. Una de las dudas más habituales es si los patinetes eléctricos necesitan seguro obligatorio.
Este artículo explica qué exige la normativa vigente en 2026 y qué coberturas ofrecen las aseguradoras para quienes buscan esta protección.
¿El seguro de patinete es obligatorio actualmente?
Sí. Desde el 30 de enero de 2026, la normativa estatal establece la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil para patinetes eléctricos que circulen por vías públicas. Esta exigencia se aplica en todo el territorio nacional y a todos los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
El seguro debe cubrir, como mínimo, los daños personales y materiales que puedan causarse a terceros durante el uso del patinete (Responsabilidad Civil).
¿Qué dice la DGT sobre estos vehículos?
La DGT clasifica los patinetes eléctricos como Vehículos de Movilidad Personal (o VMP) y, según su marco regulatorio, estos:
- No requieren permiso de conducción.
- Requiere de etiqueta identificativa, equivalente a una matrícula.
- No están sujetos a ITV.
- Deben contar obligatoriamente con un seguro de responsabilidad civil. Para poder asegurarse, el propietario debe inscribir el vehículo en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT a través de la Sede Electrónica.
La DGT subraya que esta medida tiene como objetivo mejorar la seguridad vial, reducir la litigiosidad y unificar criterios entre administraciones.
¿Por qué se ha hecho obligatorio el seguro de patinete?
La obligatoriedad del seguro en 2026 responde a varios factores:
- El aumento sostenido del uso del patinete eléctrico en entornos urbanos.
- El crecimiento de accidentes con daños a peatones y otros vehículos.
- El incremento de reclamaciones por responsabilidad civil.
- La necesidad de homogeneizar la normativa entre municipios.
- Las recomendaciones europeas en materia de seguridad vial.
¿Qué es un seguro de patinete?
¿Qué cubre el seguro de patinetes eléctricos?
Las aseguradoras ofrecen pólizas adaptadas a la normativa vigente. La cobertura es la de responsabilidad civil obligatoria que cubre e indemniza los daños causados a terceros.
Adicionalmente, algunas compañías ofrecen coberturas adicionales como:
| Cobertura | Descripción |
|---|---|
| Cobertura
Accidentes
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Descripción
Daños personales al conductor causados durante la circulación
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| Cobertura
Dirección jurídica
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Descripción
Asistencia, representación en reclamaciones y protege legalmente ante accidentes
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| Cobertura
Daños propios
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Descripción
Protección frente a caídas, accidentes o actos vandálicos
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| Cobertura
Robo
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Descripción
Indemnización en caso de sustracción del vehículo
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| Cobertura
Asistencia en carretera
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Descripción
Ayuda por averías o incidencias durante el desplazamiento
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Ejemplo práctico
María utiliza su patinete eléctrico para ir al trabajo cada día.
Tras un pequeño choque con un peatón, este reclama daños leves.
Gracias al seguro de responsabilidad civil incluido en su póliza, la aseguradora se hace cargo de la indemnización y de la defensa jurídica. Sin la póliza, María habría tenido que asumir esos costes personalmente.
¿Qué tipos de patinetes eléctricos existen?
Según establece la nueva normativa de circulación para estos vehículos, se distinguen dos tipos:
- VMP con certificado de circulación: Estos vehículos cumplen con los requisitos técnicos establecidos en el Manual de Características de los VMP y cuentan con una placa de marcaje única. Desde el 22 de enero de 2024, solo se pueden comercializar modelos certificados (en la web de la DGT se pueden consultar las marcas y modelos certificados).
- VMP sin certificado de circulación: Son vehículos que no cumplen los requisitos técnicos del Manual de Características, pero podrán seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027 bajo un régimen transitorio (a partir de esa fecha, no podrán circular).
¿Qué modelos de patinetes pueden asegurarse?
Se pueden asegurar a través de un seguro para patinetes eléctricos, aquellos vehículos que cumplan con los siguientes requisitos:
- Vehículos de una o más ruedas con capacidad para una sola persona.
- Propulsados exclusivamente por un motor eléctrico.
- Los vehículos ligeros (menos de 25 kg) con una velocidad máxima de 25 km/h, y los más pesados (más de 25 kg) hasta 14 km/h.
- Estar inscritos en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT.
En esta categoría suelen estar los patinetes eléctricos, monociclos eléctricos, scooter eléctricas o hoverboards.
Seguro de patinete BBVA Allianz Movilidad Personal
Si quieres recorrer la ciudad con tu patinete eléctrico en BBVA disponemos del seguro BBVA Allianz Movilidad Personal, que incorpora las siguientes coberturas:
Responsabilidad Civil Obligatoria:
- Daños a las personas: hasta 6.450.000 €/siniestro, independientemente del número de víctimas.
- Daños a los bienes: hasta 1.300.000 €/siniestro.
Dirección Jurídica:
- Ilimitada en el caso de profesionales designados por la compañía BBVA Allianz.
- Limitada a 3.000 €/siniestro en el caso de profesionales de libre elección del cliente.
De esta forma cumples con la normativa de circulación de vehículos de movilidad personal (VMP) y te protege ante accidentes.
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