¿Cuánto tiempo tiene el seguro para arreglar un siniestro en el hogar?

El seguro de hogar, una vez se abre el parte, suele tener un plazo legal establecido para indemnizar un siniestro (al menos, un importe mínimo), siempre que este se contemple en la póliza (y en base a lo estipulado en ella).

Si se tiene un imprevisto en casa (por ejemplo, una rotura de tuberías o un cortocircuito), y se tiene claro que lo cubre el seguro de hogar, la pregunta que uno se plantea en este momento es: ¿cuánto tiempo tiene el seguro para arreglar el siniestro? 

Hay que saber que, una vez se ha declarado el siniestro, el seguro de hogar debe cumplir con unos plazos legales para arreglar o indemnizar. Conocerlos es fundamental si se quieren ejercer los derechos que se tienen y para saber qué esperar en cada fase del proceso.

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En este artículo se van a desglosar, en detalle, los tiempos de respuesta y arreglo del seguro de hogar, no sin antes explicar lo que es un siniestro en el hogar.

¿Qué es un siniestro en el hogar?

Un siniestro es entendido por la ley como la materialización de un riesgo que está contemplado y cubierto en una póliza de seguro de hogar, lo que desencadena la obligación de la compañía de indemnizar o reparar el daño (parcial o totalmente, y en base a las condiciones de la póliza). Un ejemplo es la rotura de la tubería de una vivienda.

Eso sí, hay que tener en cuenta que no todos los problemas surgidos en una vivienda se consideran un siniestro a cubrir (por ejemplo, aquellos que se deban a una falta de mantenimiento).

La clave: el incidente debe ser accidental y, sobre todo, estar expresamente incluido en las garantías contratadas

Ejemplos de 3 siniestros comunes

Para entender mejor el concepto de siniestro, vamos a poner 3 ejemplos de sucesos habituales en una casa y que suelen reportarse a las compañías de seguros:

  • Daños por agua: este tipo de problema es de los más frecuentes. Se refiere, por ejemplo, a la rotura de una tubería y las filtraciones que esto puede ocasionar (pudiendo producirse, incluso, inundaciones en la vivienda). En este caso, lo normal es que el seguro cubra tanto la localización de la avería como su reparación (incluidos los daños estéticos).
  • Daños eléctricos: también son bastante comunes. Suelen originarse por subidas de tensión o cortocircuitos, que producen averías en los electrodomésticos o en la instalación eléctrica del inmueble.
  • Robo y hurto: si bien es menos habitual, el seguro suele actuar si acontece un robo con fuerza en la vivienda o, en muchos casos, un hurto dentro de ella, cubriendo la pérdida de los bienes asegurados (en base a lo estipulado en la póliza).

¿Cuál es el plazo para dar parte de un siniestro en el hogar?

Lo primero, para solucionar el siniestro, es ponerlo en conocimiento de la aseguradora

Debe hacerse lo antes posible y siempre en el plazo legal que se especifica en el artículo 16 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, el cual es de 7 días (desde que se produce el incidente). 

Así se explica en la ley: “el tomador del seguro o el asegurado o el beneficiario deberán comunicar al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio”.

Además, y también lo indica la ley, el “tomador del seguro o el asegurado deberá dar al asegurador toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro”.

Esta notificación, normalmente, se puede hacer por 4 vías: app de la compañía de seguros, email, teléfono o mediante un formulario online.

¿Cuánto tiempo tiene el seguro de hogar para responder?

Una vez es recibido el parte, por la aseguradora, esta tendrá que abrir un expediente y asignar un perito, que se encargará de evaluar los daños, determinar la causa del siniestro y valorar la cuantía de la reparación o indemnización que ofrecerá el seguro de hogar. La visita del perito se suele producir a los pocos días de la notificación del siniestro.

¿Cuánto tiempo tiene el seguro de hogar para arreglar un siniestro?

Esta es la pregunta clave que se hacen la mayoría de los asegurados. 

Si atendemos a lo “apuntado” en la ley, la aseguradora no puede tardar más de 40 días en pagar el importe que suponga la compensación por el problema sufrido (y contemplado en las coberturas de la póliza).

En el caso de que se opte por la reparación (en lugar del abono de una indemnización), esta se debe iniciar tan pronto como la compañía acepte la cobertura y el perito tase los daños. La duración de la “obra” dependerá de la complejidad de dichos daños.

¿Qué opciones ofrece el seguro de hogar (respecto a un siniestro)?

Como se avanza en el apartado anterior, las compañías de seguros suelen ofrecer 2 opciones a la hora de resolver una reclamación por el seguro de hogar. Ambas, en todo momento, tienen un mismo objetivo: devolver el bien al estado en el que se encontraba antes del suceso (aunque lo hace de diferente forma).

Opción

Descripción

Opción

Reparación

Descripción

Es la opción más común, especialmente si el daño es menor (rotura de un cristal, de una tubería, etc.). Lo que suele hacer la aseguradora es enviar a un profesional que lo repare.

Opción

Indemnización

Descripción

Se abona el importe de los daños y es el cliente el que se debe encargar de la reparación o sustitución del bien (o bienes) dañados. Suele aplicarse en los casos más graves.

Reparación o Indemnización: Un ejemplo sencillo

Juan ha visto como una fuerte granizada ha roto la ventana del salón de su casa en Madrid. 

Reclama el daño a la aseguradora, la cual envía a perito que evalúa lo sucedido. Tras hacerlo, la compañía le ofrece 2 alternativas:

  • Repararlo: le envían a un cristalero que, en poco tiempo, toma medidas y le instala un cristal nuevo. La aseguradora es la que paga al profesional.
  • Indemnizarle: se valora el daño en 300 euros, que el seguro le abona a Juan. Él será el que contrate a un cristalero para que le mida y cambie el cristal, gestionando también el pago.

¿Necesitas un seguro de hogar?

Si buscas un seguro de hogar que esté a tu lado, sobre todo en los momentos difíciles, BBVA pone a tu disposición el Seguro BBVA Allianz Hogar, que ofrece 4 modalidades de protección para propietarios y 1 modalidad de protección para inquilinos, en función de las necesidades del cliente:

La protección básica incluye coberturas dentro de la modalidad “Esencial”, entre las que destacan:

  • Incendio, explosión, humo y ruina total.
  • Daños por agua y otros líquidos.
  • Lluvia intensa, viento fuerte, inundación, rayo, pedrisco y exceso de nieve.
  • Gastos de restauración estética.
  • Gastos de desescombro, salvamento y tasa de bomberos.
  • Vivienda de sustitución (respecto de la vivienda habitual).
  • Pérdida de alquileres (respecto de la vivienda destinada al alquiler).
  • Daños causados por robo al continente.
  • Traslado temporal de bienes (solo para la vivienda habitual en la modalidad de inquilinos).
  • Gastos de reposición de documentos privados (solo para vivienda habitual o secundaria).
  • Asistencia a la vivienda.
  • Servicios de Manitas (dependiendo de la modalidad contratada el número de servicios/horas varía).
  • Asistencia Informática.
  • Mantenimiento por uso y deterioro.
  • Asesoramiento y protección jurídica.
  • Asistencia telefónica para atender las consultas sobre mascotas y/o plantas.

Y, además, se cubre la Responsabilidad Civil:

  • RC extracontractual como propietario de los bienes asegurados y del ámbito de la vida privada y familiar del asegurado.
  • RC frente al personal doméstico por daños corporales en el desempeño de sus funciones.
  • RC locativa por daños accidentales causados a la vivienda por el inquilino (solo para la modalidad de inquilinos).

Coberturas adicionales (en función de que la modalidad contratada sea ‘Más’ y ‘Más Seguridad’): 

Si se contrata la modalidad ‘Más’

  • Rotura de cristales, mármoles, loza sanitaria y vitrocerámicas.
  • Ondas sónicas e impactos desde el exterior.
  • Daños causados por la electricidad (subidas o bajadas de tensión de la red exterior de suministro, cortocircuitos de origen externo o caída de rayo).
  • Daños a alimentos, medicamentos o fármacos refrigerados por avería del aparato o fallo del suministro eléctrico (por un tiempo que supere las 6 horas y solo para vivienda habitual o secundaria).

Si se contrata la modalidad ‘Más Seguridad’

  • Robo en el interior de la vivienda asegurada.
  • Atraco fuera de la vivienda (solo para la vivienda habitual).
  • Uso fraudulento de tarjetas por sustracción o extravío (solo para la vivienda habitual).
  • Daños al contenido (a causa de un robo o su intento).
  • Sustitución de la cerradura (tras un robo de llaves).
  • Daños a los bienes asegurados por actos de vandalismo causados por terceros.

Además, existe la conocida como “Cobertura Total” o protección superior, que además de todas las coberturas indicadas anteriormente, incluye:

  • Todo riesgo accidental.
  • Filtraciones por paredes y fachadas ocasionadas por lluvia intensa.
  • Daños eléctricos (a causa de un cortocircuito interno).
  • Sustitución de la cerradura (si se pierden las llaves).
  • Sustracción de los bienes asegurados en la vivienda por parte de empleados.
  • Daños o sustracción de los bienes asegurados durante su traslado o estancia temporal fuera de la vivienda, hasta 3 meses (solo para vivienda habitual).
  • Desatasco preventivo (viviendas unifamiliares).
  • Control de plagas.

A ellas, y en esta última modalidad, se une el Servicio Exprés, con el que acudiremos aún más rápido a tu hogar en caso de siniestro (devolviéndote la prima de ese año en la siguiente anualidad si no cumplimos los plazos).