Cómo rescatar un plan de pensiones de la manera más rentable

Todo lo que necesitas saber para recuperar tu plan de pensiones.

El plan de pensiones es un producto de inversión y ahorro que tiene dos tratamientos tributarios, los cuales van a depender del momento en el que se encuentre el plan.

¿Esto qué significa? 

En primer lugar se tienen los años en los que se aporta el dinero en el plan de pensiones. En este caso, el capital invertido, directamente, en el plan se puede reducir en la base imponible del IRPF con un límite (que será la menor de las siguientes cantidades):

  • 1.500 € anuales.
  • 30 % de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. 

Como consecuencia de ello, se van a pagar menos impuestos e, incluso, es posible que se baje en el tramo de las retenciones, con lo que el ahorro será aún mayor.

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Ejemplo

Si durante el periodo que se trabaja, el salario bruto (anual) es de 21.000 €, el tramo del IRPF por el que se tributa aplicaría un 30% de retención. Sin embargo, si se abre un plan de pensiones y se aporta en él, anualmente, la cantidad de 1.500 €, esta se reduciría de la base imponible, que pasaría a ser de 19.500 €. Esto hace que se baje un tramo de IRPF, tributando, finalmente, un 24%.

Tramos del IRPF en 2022

- De 0 a 12.450 € anuales: 19 % de retención. 

- De 12.451 a 20.200 € anuales: 24 % de retención. 

- 20.201 a 35.200 € anuales: 30 % de retención. 

- De 35.201 a 60.000 € anuales: 37 % de retención. 

- De 60.001 € a 300.000 € anuales: 45 % de retención.

- De 300.001 € anuales en adelante: 47 % de retención.

* La parte del tipo correspondiente al gravamen autonómico dependerá de los tipos aprobados por la Comunidad Autónoma correspondiente.

¿Cómo se puede rescatar el plan de pensiones?

La jubilación es una de las contingencias que permiten el rescate del plan de pensiones

Al contrario de lo ocurrido en los años de aportación al plan, las rentas que se rescaten del plan de pensiones (una vez ‘jubilado’) van a incrementar, y no reducir, la base imponible del IRPF, ya que pasan a considerarse como ‘rendimientos del trabajo’. Es importante, por tanto, optimizar la forma de rescate del plan de pensiones (para minimizar su impacto fiscal).

Si retomamos el ejemplo anterior: tras cotizar durante 35 años, con un sueldo bruto (al año) que, en la última década, ha sido de 22.000 €, queda una pensión aproximada (anual) de 19.615 €. Según el índice de tramos del IRPF, la renta por jubilación va a tributar al 19% (primeros 12.450 euros) y al 24 % lo que resta (hasta los 19.615 euros).

Ahora, y en base lo indicado, se procede a rescatar el plan de pensiones, para lo que se tienen varias formas de hacerlo:

Rescate del plan de pensiones: en forma de capital

Esta modalidad va a permitir que se rescate el 100 % del capital acumulado en el plan de pensiones, es decir, se recuperan las cuotas que se han ido ahorrando a lo largo de los años y la “posible” rentabilidad que derive de ellas.

Al rescatar el plan de pensiones de esta manera, se hace frente a un único pago de impuestos (relativo a lo ahorrado en el plan de pensiones). Para calcularlo, hay que sumarle, a la cantidad rescatada (por ejemplo, 90.000 €)  la pensión pública anual de 19.615 € y se elevará el tipo marginal hasta el 45%. Todo lo que exceda de 60.000 euros (49.615 euros en nuestro ejemplo) tributa a este tipo del 45%. Prácticamente el resto del importe procedente del plan (el comprendido en el intervalo entre los 35.200 y los 60.000 euros) tributa, también, a un tipo elevado: 37%.

En años sucesivos se vuelve a tributar, exclusivamente, por la pensión pública, al no percibir otras rentas, y el tipo marginal se verá reducido de nuevo. Sin embargo, el impacto fiscal del año de rescate del plan de pensiones es muy elevado.

Rescate del plan de pensiones: en forma de renta

Esta modalidad de rescate del plan de pensiones, hace que se reciba, de manera periódica (mensual, trimestral, semestral o anual), una cantidad de dinero que puede ser, a su vez, fija o variable (dependiendo del tipo de renta que hayamos escogido):

  • Si optamos por una ‘renta asegurada’: como la rentabilidad de un plan de pensiones está sujeta a los movimientos del mercado, la cuota que se recibe puede variar con el tiempo. En las rentas aseguradas esto no ocurre y siempre se cobra, al rescatar el plan de pensiones, la misma cuantía.
  • Si optamos por una ‘renta financiera’: en este caso, la cuantía que se recibe de manera periódica, por el rescate del plan, varía en función de la rentabilidad del mismo.

De vuelta al ejemplo: si se disfruta, como hemos indicado con anterioridad, de una pensión pública de 19.615 €, y se han ahorrado 90.000 € en el plan de pensiones, al recuperarlo con la modalidad, en su “versión” de renta asegurada y en un plazo de 20 años, va a reportar, aproximadamente, 6.569 € anuales. Si se suman a la pensión pública, da un total de 26.184 €, que tributan de la siguiente manera:

  • Primeros 12.450 euros: 19%.
  • Entre 12.450 y 20.200: 24%.
  • El resto, hasta los 26.184 euros: 30%.

El rescate del plan de pensiones en forma de renta, a diferencia del realizado ‘en forma de capital’, suele tener un impacto fiscal más progresivo, dado que la tributación se reparte en diferentes ejercicios fiscales. Es, generalmente, la forma más eficiente de rescatar un plan de pensiones, si bien también hay que planificar el rescate correctamente para determinar qué importe anual minimiza la factura fiscal y tratar de no saltar a un tramo superior de IRPF.

Rescate del plan de pensiones: rescate mixto

Una tercera forma de rescatar un plan de pensiones es el rescate mixto, que consiste en recibir una parte de lo ahorrado en capital y, posteriormente, recibir una renta periódica.

De nuevo, es importante calcular hasta qué punto es interesante recuperar la parte del capital y afrontar el incremento, o no, del tramo del IRPF.

A tener en cuenta al rescatar el plan de pensiones: la Ley 35/2006

La Ley 35/2006 del IRPF establece un régimen transitorio por el cual se puede aplicar una reducción del 40 % en el rescate de las participaciones a un plan de pensiones cuya antigüedad se date en el 31/12/2006 o anterior (y siempre que se perciban en forma de capital y dentro del plazo indicado en la ley). De este modo, sólo se tributará por el 60 % de ese capital. La cuantía que reste en el plan de pensiones se puede ir recuperando en forma de renta periódica (con el correspondiente incremento de la base imponible del IRPF).

Consejos generales para rescatar el plan de pensiones

Con toda esta información en la mano, vamos a resumir una serie de consejos que deben seguir los que quieran ahorrar a la hora de rescatar su plan de pensiones:

  • Puesto que el capital o la renta del plan de pensiones suma a la base imponible del IRPF, de cara a dejarla en el mínimo posible, es interesante esperar a rescatar el plan al año siguiente a la jubilación. La base imponible será menor al contar con menos rentas.
  • Hay que calcular muy bien la renta que se quiere percibir de manera mensual, o durante el periodo que hayas escogido, al rescatar el plan de pensiones. ¿El motivo? Es importante no traspasar la cuantía que lleva a tributar en otro tramo del IRPF (con un porcentaje impositivo superior).
  • Para planes de pensiones de reducido importe, puede resultar más atractivo recuperar el 100 % del capital del plan de pensiones y afrontar, de una sola vez, el pago de los correspondientes impuestos.

En BBVA disponemos de un simulador de planes de pensiones, con las que puedes simular qué cuantía recibirás en el momento de la jubilación y cuánto tendrás  que tributar por ella.

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