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Modelo 340: guía completa para rellenarlo y presentarlo en España

El modelo 340 es una declaración informativa mensual ante la Agencia Tributaria (AEAT) en la que se detallan las facturas del IVA o IGIC que se emiten o reciben. Se utiliza para comprobar si los datos incluidos en las autoliquidaciones periódicas (como el modelo 303, para el IVA, o el modelo 420, para el IGIC) y su procedencia son correctos.

¿Qué es el modelo 340?

El modelo 340 es un documento informativo en el que se desglosan las operaciones que se incluyen en los libros del IVA o IGIC. 

Su función principal es permitir que la AEAT contraste la información declarada en los modelos periódicos (como el modelo 303 de IVA o el modelo 420 de IGIC) con el desglose de cada factura. 

En resumen, al modelo 340 lo define su:

  • Naturaleza informativa: sólo transmite datos sobre compras, ventas y bienes de inversión (no altera el resultado del impuesto).
  • Periodicidad mensual: se presenta mes a mes.
  • Ayuda para contrastar los datos: sirve a la AEAT para verificar de manera automatizada la veracidad de los libros contables frente a las liquidaciones periódicas.

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¿Qué se debe incluir en el modelo 340?

Para presentar correctamente el modelo 340 a la AEAT es necesario que se acompañe de los siguientes documentos:

  • Libro de Registro de facturas expedidas.
  • Libro de Registro de facturas recibidas.
  • Libro de Registro de operaciones intracomunitarias.
  • Libro de Facturas de bienes de inversión.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 340?

El modelo 340 no es obligatorio para la mayoría de las empresas y autónomos en el territorio de aplicación del IVA. 

Solo lo deben presentar los sujetos pasivos que tributan el IGIC en las Islas Canarias (sin estar obligados al SII). 

¿Por qué se eliminó su uso generalizado en el IVA?

La entrada en vigor del Suministro Inmediato de Información (SII) hizo que la mayoría de las empresas adscritas al régimen mensual de presentación del IVA pasasen a remitir sus facturas en tiempo real a través de la sede electrónica de la AEAT. Esto eliminó la necesidad de presentar la declaración informativa del modelo 340 para este colectivo.

Comparativa del modelo 340 y el SII

Criterio

Modelo 340

Sistema SII 

Criterio

Tributo principal

Modelo 340

IGIC (Canarias) y regímenes especiales

Sistema SII

IVA (régimen general y REDEME)

Criterio

Plazo de envío

Modelo 340

Mensual (primeros 20 días del mes siguiente)

Sistema SII

Casi en tiempo real (unos pocos días hábiles tras expedición/registro)

Criterio

Formato de entrega

Modelo 340

Fichero de registro masivo o formulario web

Sistema SII

Envío de datos en formato XML (a través de la Sede Electrónica de la AEAT)

¿Cómo y cuándo se presenta el modelo 340?

El modelo 340 se presenta mensualmente y de forma telemática. El plazo para hacerlo finaliza el día 20 del mes siguiente al periodo declarado.

Mes

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

Fecha límite de entrega del modelo 340

Mes

Enero

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 31 de enero

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de febrero

Mes

Febrero

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 28/29 de febrero

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de marzo

Mes

Marzo

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 31 de marzo

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de abril

Mes

Abril

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 30 de abril

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de mayo

Mes

Mayo

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 31 de mayo

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de junio

Mes

Junio

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 30 de junio

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de julio

Mes

Julio

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 31 de julio

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de agosto

Mes

Agosto

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 31 de agosto

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de septiembre

Mes

Septiembre

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 30 de septiembre

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de octubre

Mes

Octubre

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 31 de octubre

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de noviembre

Mes

Noviembre

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 30 de noviembre

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de diciembre

Mes

Diciembre

Periodo de los datos a incluir en el modelo 340

1 al 31 de diciembre

Fecha límite de entrega del modelo 340

Hasta el 20 de enero (del siguiente año)

¿Qué ocurre si, estando obligados, no se presenta el modelo 340?

En caso de que no se presente el modelo 340, por parte de aquellos que estén obligados a hacerlo, se impondrá una multa que oscila de los 300 € a los 20.000 €.

Así lo indica el artículo 198 de Ley General Tributaria (LGT).

¿Cuáles son los datos a incluir en el modelo 340?

A la hora de rellenar el modelo 340, es importante que se incluya la siguiente información:

  • Datos informativos: DNI o NIF del autónomo o empresa que presenta el documento, teléfono de contacto, mes y ejercicio de las operaciones.
  • Código del modelo 303 del IVA (asociado a este documento).

A esta información se añade, en el modelo 340, otros datos adicionales referidos a:

  • Alquileres de locales de negocio.
  • Subvenciones y ayudas pagadas por la administración.
  • Cobros por cuenta de terceros por honorarios profesionales y derechos de autor.
  • Compraventas de inmuebles sujetas a IVA o IGIC.
  • Importes cobrados superiores a 6.000€.
  • Operaciones de seguros y de las agencias de viajes que intervengan como mediadoras.
  • Operaciones sujetas al Impuesto sobre Producción, los Servicios y la importación de Melilla y Ceuta.
  • Operaciones de compensaciones agrícolas.

¿Cómo se rellena el modelo 340?

Lo primero es saber que se puede incluir la información de 2 formas:

Desde el programa de contabilidad

Se envía el libro de registro de facturas que este genere, directamente, a la AEAT. 

Es la forma más sencilla, ya que bastará con elegir el periodo necesario (en el programa) y crear un libro de facturas que incluya las que estén registradas en ese espacio de tiempo. Se obtiene un fichero que, posteriormente, se enviará a la AEAT (como parte del modelo 340).

Manualmente

Es un proceso sencillo, al igual que el anterior, aunque más tedioso y largo, ya que se tienen que incluir los datos de cada factura, en el formulario del modelo 340, uno a uno.

Para ello, hay que seguir los siguientes pasos:

  • Añadir los datos del declarante y, si lo hay, del representante (nombre, DNI o CIF, y teléfono de contacto).
  • Indicar el ejercicio y periodo del mes de la declaración.
  • Incluir el código electrónico del modelo correspondiente. Se encuentra en su primera página.

Tras esto, se empezarán a incorporar los datos de las facturas. 

Se tendrá que realizar un registro por cada factura, por lo que, lo primero es ordenarlas para que el proceso sea más sencillo. 

  • Elegir el tipo de factura, lo que generará automáticamente la ‘clave tipo de libro’.
  • Introducir los datos de las facturas: NIF del declarante, NIF del cliente, código del país (del cliente), ID fiscal (donde se selecciona el tipo de documento a presentar), clave de la operación (generalmente habitual)*, número de facturas (por si es un resumen de varias), primer y último número de la factura (por si es un resumen), identificación de la factura, fecha de expedición, base imponible, IVA e importe total.
  • Comprobar que todo es correcto y, si es así, presentar el modelo 340.

* Existen varios tipos de claves para las operaciones habituales:

Clave

Tipo

Clave

A

Tipo

Resumen de facturas

Clave

B

Tipo

Resumen de tickets

Clave

C

Tipo

Factura con varios tipos de IVA

Clave

D

Tipo

Factura rectificativa

Clave

J

Tipo

Tickets

Clave

P

Tipo

Adquisiciones intracomunitarias

Clave

R

Tipo

Operaciones de arrendamiento de un local o negocio

Ejemplo práctico de presentación del modelo 340

Juan es propietario de una empresa de alimentación en Tenerife. 

Tiene que presentar mensualmente la autoliquidación del IGIC, con el modelo 340, en este caso la del mes de mayo. Una vez lo hace, obtiene un justificante con un código electrónico de registro.

Entre el 1 y el 20 de junio, tiene que presentar el modelo 340, en el que introducirá dicho código en la cabecera e importará el libro de facturas desde su programa contable. Así, la AEAT podrá cruzar de forma automática las bases y cuotas de ambos modelos y comprobar que los datos reportados son correctos.

¿Cuál es la sanción por no presentar el modelo 340?

Se sancionará a aquel que cometa un error en la información que presente en el modelo 340. 

La multa es fija y por un importe de 20 € por cada uno de los datos erróneos u omitidos que correspondan a la persona o entidad (con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €). 

¿Cuáles son los errores más comunes al rellenar el modelo 340?

Existen algunos errores que son habituales al cumplimentar este modelo:

  • Equivocarse al poner el NIF.
  • No poner en orden el nombre y los apellidos (estos últimos tienen que ser los primeros).
  • Confundirse entre el nombre comercial y la razón social.
  • Poner mal el mes periodo de devengo.
  • Olvidar las operaciones intracomunitarias (aunque no afecten al resultado de la declaración, hay que incluirlas).
  • Presentarlo con retraso (supondrá sanción).

Preguntas frecuentes sobre el modelo 340

¿De qué se informa a la AEAT con el modelo 340?

Se indican las facturas emitidas y recibidas por empresas y autónomos que han de declarar el IVA mensualmente (o el IGIC, si es en Canarias).

¿Es obligatoria la presentación del modelo 340?

Solo para los que declaran el IGIC, no siéndolo para los que hacen lo propio con el IVA desde la aparición del SII (Suministro Inmediato de Información).

¿Cuándo se debe presentar el modelo 340?

Se presenta con periodicidad mensual, normalmente en los primeros 20 días naturales del mes posterior al periodo declarado.

¿Existen varias opciones para presentar el modelo 340?

Hay 2 opciones de presentación del modelo 340: mediante el programa de contabilidad o manualmente.

¿Se sancionan los errores en la información del modelo 340?

Sí. El importe de la misma es de 20 € por cada dato o conjunto de datos equivocado.

¿Están vinculados el modelo 340 y el modelo 303?

Sí, el modelo 340 se encarga de detallar lo que se ha declarado previamente en el modelo 303 (IVA).

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