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IVA al comprar vivienda nueva, todo lo que hay que saber
Conoce los detalles acerca del IVA a la hora de adquirir una vivienda de nueva construcción
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Antes de detallar el IVA que corresponde pagar al adquirir una vivienda nueva, habrá que conocer de qué se trata cuando nos referimos a obra nueva. En este sentido, se entiende que la primera entrega de una vivienda se produce cuando la construcción o rehabilitación ha concluido (circunstancia que certifica el certificado de fin de obra firmado por el arquitecto y el aparejador correspondientes) y que se adquiere al promotor.

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Hay una excepción. Si el promotor alquila las viviendas nuevas durante al menos dos años y luego son vendidas a una tercera persona, ésta no tendrá la obligación de tributar con IVA, y debería hacerlo mediante el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas, al considerarse una segunda transmisión.
La compra de una vivienda nueva implica la obligación de que el comprador soporte el IVA. El pago se hará directamente al vendedor, que está obligado a ingresar el importe del impuesto en la Hacienda Pública.

¿Cuánto es el IVA en vivienda nueva?
El tipo del IVA para una vivienda nueva es del 10 % de su importe escriturado, excepto si se trata de viviendas de protección oficial en régimen especial o de promoción pública, casos en los que la tributación es del 4 %. Los mismos tipos se aplican en el caso de las plazas de garaje (con un máximo de dos unidades) y en los otros anexos que se transmitan (por ejemplo, trasteros). En el resto de casos (por ejemplo, locales comerciales), se aplica el 21 % de IVA.

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Otros gastos asociados a la compra de un inmueble
Además del IVA, la compra de una vivienda nueva conlleva otro tipo de gastos que habrá que tener en cuenta.
- Gastos de tasación. Legalmente existe la obligación de realizar una tasación para valorar el inmueble antes de autorizar un préstamo hipotecario. El coste de la tasación depende del tasador o la sociedad tasadora que se encargue de hacerla.
- Gastos de registro. Se derivan de la inscripción de la compraventa de la vivienda en el Registro de la Propiedad. El coste está fijado legalmente y depende del precio de la compraventa. Se abonan en el momento de la inscripción.
- Gastos de notaría. Corresponden al acto de dar fe de la operación de compraventa, que hace el notario. Las tasas son oficiales, iguales para todos los notarios.
- Gastos de gestoría. No son obligatorios, pero sí muy frecuentes. Lo más habitual es que sea un gestor profesional quien se encargue de los trámites administrativos durante un proceso de compraventa. Los costes son variables, y dependen de la gestoría.
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