Si se es empresario, hay que conocer y entender lo que es el IVA, al ser un “concepto” que está ligado, de manera intrínseca, a la actividad que se desempeña. En este artículo, en concreto, vamos a detenernos y analizar las 2 modalidades de IVA que se vinculan a una empresa, el IVA soportado y el repercutido, además de indicar la manera de calcularlas y explicar sus diferencias.
Y es por este último punto, precisamente, por el que vamos a comenzar.
¿Cuáles son las diferencias entre el IVA soportado y el repercutido?
La principal diferencia entre el IVA soportado y el repercutido es, sin duda alguna, el ‘quién’ lo paga: mientras que el primero lo abona la empresa o el autónomo al comprar un producto o servicio, el segundo, por su parte, es el que se cobra a un cliente (a través del producto o servicio), por lo que son estos los que lo pagan.
Pero no es la única diferencia entre el IVA soportado y el repercutido, existe otra que tiene relación con su fiscalidad: mientras que el segundo no es deducible, el primero sí lo es, siempre que cumpla unos requisitos:
- Es necesario que se esté dado/a de alta como autónomo/a y/o empresario/a.
- Tiene que estar vinculado a un bien o servicio que se relacione con la actividad profesional que se desempeñe. Esta actividad, por su parte, tiene que dar derecho a deducir el IVA (es decir, debe contemplarse su consideración legal de ‘deducibles’).
- Hay que disponer de la factura (u otro documento válido) que acredite la deducción del IVA (de forma que se pueda presentar, como gasto, con la declaración).
¿Y qué es el IVA soportado?
El IVA soportado es el que, como empresario o autónomo, se paga al proveedor (u otra empresa) por los productos o servicios que se adquieren.
Por ejemplo, si una empresa adquiere 5 portátiles para su departamento de administración y paga un total de 3.500 € por ellos, en ese ‘precio’ está incluido el 21% del IVA soportado (en concreto, 735 €). Este, al ser un gasto justificado (por ser necesario para el buen hacer de la empresa), se podrá desgravar.
¿Y el IVA repercutido?
A diferencia del anterior, el IVA repercutido es el que, como empresarios o autónomos, se cobra a los clientes a través de los productos que se les vende.
Hay que tener en cuenta que este IVA repercutido no es un ingreso como tal, sino que se tiene que abonar, íntegramente, a Hacienda (en las declaraciones trimestrales del IVA). Por lo tanto, no se debe gastar (una vez se obtiene).
Por ejemplo, si una empresa vende 3 ordenadores de sobremesa y cobra por ellos un total de 2.000 €, en ese ‘precio’ debe incluir un 21% del IVA repercutido (en concreto, 315 €), cantidad que, en la declaración del IVA, tendrá que pagarle a Hacienda.

¿Es diferente el cálculo del IVA soportado y el repercutido?
Sí, es ligeramente diferente la manera de calcular el IVA soportado y repercutido:
Calcular el IVA soportado
Lo primero es reunir las facturas de los gastos que se han realizado y ordenarlas, después, según el IVA aplicado en cada una de ellas (21%, 10% y 4%).
Hecho esto, lo siguiente es sumar todos los importes:
- Si estos se incluyen en la factura: bastará con realizar la operación con una calculadora.
- Si estos no se incluyen en la factura: habrá que hacer el cálculo, aplicando la siguiente fórmula: importe del gasto x porcentaje de IVA (recordemos: 21%, 10% o 4%).
Por último, se incluirán los datos obtenidos en el modelo 303 (en la/s casilla/s que corresponda).
Calcular el IVA repercutido
En este caso, y a diferencia del anterior, se tienen que aunar las facturas de las ventas que se hayan realizado, en el trimestre en concreto, y, tras ello, ordenarlas (según el tipo de IVA que se haya aplicado).
Una vez se tengan, habrá que sumar sus importes:
- Si se incluyen en la factura: bastará con utilizar una calculadora para realizar la operación.
- Si estos no se incluyen en la factura: previamente, y para conocer el IVA en cada caso, se aplicará esta fórmula: importe del gasto x porcentaje de IVA (recordemos: 21%, 10% o 4%).
Por último, se incluirán los datos obtenidos en el modelo 303 (en la/s casilla/s que corresponda).