¿Qué es la AEAT?
¿Cuáles son las funciones de la AEAT?
La AEAT no se encarga de velar, únicamente, por el bienestar del sistema tributario.
Son varias las funciones que desempeña la AEAT, más allá del control del sistema tributario, entre las que destacan:
- Gestionar impuestos y tributos: la AEAT se encarga, por un lado, de controlar el pago de ciertos impuestos y tributos en España (como el IVA, el IRPF o el Impuesto de Sociedades, entre otros) y, por otro, de proceder a su recaudación.
- Controlar la fiscalidad: otra de las funciones de la AEAT es supervisar que las declaraciones que presentan los contribuyentes son correctas (con el objetivo de evitar el fraude fiscal).
- Colaborar con otras instituciones: a colación con lo anterior, la AEAT trabaja de la mano de otras administraciones públicas en la lucha contra el fraude y la evasión fiscal (aportando la información que recaba y que, en ocasiones, es importante en la resolución de ciertos casos).
- Informar a la personas: la AEAT será la que proporcione asistencia y orientación a los contribuyentes, antes de las dudas que tengan a la hora de cumplir con sus obligaciones fiscales, para que puedan cumplir con ellas de forma eficiente y sin errores.
- Aplicar sanciones: es la responsable, en todo momento, de que se fijen y se cumplan las penalizaciones económicas que correspondan a aquellos contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones tributarias (o cometen un fraude fiscal).

¿Qué impuestos son los que recauda la AEAT?
Desde la AEAT, como se explica en el primer punto, se recaudan los impuestos que tienen que pagar los contribuyentes, a través de una serie de modelos, como:
- IVA: es el que se abona al adquirir algún producto o servicio y, a posteriori, son las empresas a las que se le ha pagado las que lo tributan a Hacienda (presentando el modelo 303, cada trimestre, y el modelo 390, cada año). Hay 3 tipos: General (21%), Reducido (10%) y Superreducido (4%).
- IRPF: es el que abona el ciudadano al Estado, en base a lo que ingresa (bien en la nómina o, en el caso de los autónomos y las empresas, presentando el modelo que le corresponda, por ejemplo, el modelo 145, el modelo 111, etc.).
- Impuesto de Sociedades (o IS): es el que grava las rentas de las personas jurídicas (asociaciones, por ejemplo) o de entes que, sin personalidad jurídica, son considerados como sujetos pasivos (como los fondos de inversión y de pensiones, entre otros). Para ello, se utiliza el modelo 200 y el modelo 202.
- Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR): es el que grava la renta que se obtenga en territorio español por parte de una persona física o entidad que no resida en él. Se tributa a través del modelo 210 y 212, entre otros.
Todos estos modelos se pueden encontrar en la página web de la AEAT, siendo necesario el certificado electrónico o la Cl@ve para acceder a ellos.