El sistema CAE es un mecanismo a través del cual se pueden generar ingresos mediante la monetización de los ahorros energéticos (certificados) conseguidos por la ejecución de actuaciones de eficiencia energética. Dichos ingresos permiten recuperar total o parcialmente la inversión en la actuación de eficiencia energética, haciendo la misma más atractiva.
Ahora bien, ¿cómo se obtienen estos ahorros energéticos? ¿cómo se ceden? ¿cuáles son los beneficios que aportan, además de los económicos? Estas y otras preguntas se responden en este artículo, con el que tratamos de resolver todas las dudas relacionadas con los ahorros energéticos susceptibles de generar el Certificado de Ahorro Energético.
¿Qué es el CAE (o Certificado de Ahorro Energético)?
El CAE (o Certificado de Ahorro Energético) es, tal como indica el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO), un “documento electrónico que garantiza que, tras llevar a cabo una actuación de eficiencia energética, se ha conseguido un nuevo ahorro de energía final equivalente a 1 kWh”.
Esto supone que, como también explican, si “se acomete una actuación que implica un nuevo ahorro anual de 500 kWh, se podrán obtener 500 CAE”.
¿Cuándo surge el mercado de CAEs y cuáles son sus beneficios?
En España, el sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) surge en enero de 2023 como una de las herramientas más prometedoras a la hora de impulsar la transformación energética en nuestro país.
Gracias a este sistema, aquellas personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que realicen actuaciones de eficiencia energética podrán beneficiarse por una doble vía:
- Reducción de consumos energéticos y, por tanto, disminución de los costes de la factura energética.
- Monetización de los ahorros energéticos conseguidos y cedidos para su conversión en CAEs, mejorando así la rentabilidad y recuperabilidad de la inversión.
¿Cómo se pueden monetizar los ahorros energéticos susceptibles de generar CAEs?
Son varias las maneras de obtener un beneficio económico de los Certificados de Ahorro Energético (CAE):
- La persona física o jurídica de naturaleza público o privada que ejecute una actuación de eficiencia energética (considerado “Propietario de los Ahorros” energéticos conseguidos) deberá firmar un Convenio CAE (contrato privado entre las partes) .
- El propietario del ahorro exclusivamente podrá formalizar un Convenio CAE con un Sujeto Obligado (compañías energéticas principalmente) o con un Sujeto Delegado (empresas acreditadas para la gestión de los CAE), mediante el cual cede los ahorros energéticos generados por su actuación de eficiencia energética a cambio de una contraprestación económica (precio).
- El Sujeto Delegado o Sujeto Obligado, una vez ejecutada la actuación y firmado el Convenio CAE, deberá solicitar la verificación que justifica la consecución de los ahorros generados.
- Una vez verificado, el Sujeto Obligado o Delegado solicita la emisión e inscripción del CAE (Certificado de Ahorro Energético) en el Registro Nacional del Sistema CAEs y es ahí cuando puede considerarse que existe propiamente el Certificado de Ahorro Energético (CAE).
- No es hasta el momento en que existe el CAE cuando, de manera generalizada y según lo firmado en el Convenio CAE, surge la obligación de pago del precio por parte del Sujeto Obligado o Delegado al Propietario del Ahorro energético original.
¿Quién interviene en el proceso de obtención del Certificado de Ahorro Energético (o CAE)?
Participante |
Función |
|---|---|
| Participante
Propietario del ahorro |
Función
Persona física o jurídica de naturaleza pública o privada que lleva a cabo la inversión de la actuación en eficiencia energética con la finalidad de obtener un ahorro de energía final, para sí mismo o para un tercero, o bien aquella a la que le ha sido cedido el ahorro generado por dicha actuación |
| Participante
Sujeto Obligado |
Función
Tendrán esta condición las empresas comercializadoras de gas y electricidad, los operadores de productos petrolíferos al por mayor y los operadores de gases licuados de petróleo al por mayor (tal y como se establece en el artículo 69 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre) |
| Participante
Sujeto Delegado |
Función
Toda aquella persona jurídica de naturaleza pública o privada que pueda asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de ahorros de energía de uno o varios sujetos obligados y que haya sido previamente acreditado como tal por el Coordinador Nacional del Sistema de CAE. |
| Participante
Verificadora |
Función
Entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) que se encarga de verificar los ahorros de energía obtenidos por la ejecución de una o varias actuaciones de eficiencia energética, así como que la documentación aportada por los sujetos obligados y/o los sujetos delegados en el expediente CAE cumple con todos los requerimientos de información |
| Participante
Gestores Autonómicos |
Función
Son los encargados de la emisión del CAE (tras recibir la documentación y la validación por parte del verificador) y su preinscripción en el Registro Nacional del Sistema CAEs |
| Participante
Coordinador Nacional del Sistema CAEs |
Función
Órgano administrativo encargado de asegurar el correcto funcionamiento del Sistema de CAE a nivel nacional. |
Ejemplo de CAE
La empresa “Juan S.L.” decide cambiar todas las ventanas antiguas de cristal simple por unas de doble acristalamiento con rotura de puente térmico que le suponen una inversión de 10.000 €.
Ahorro energético: las ventanas viejas dejaban escapar el calor en invierno y el frío del aire acondicionado en verano. Al poner las nuevas, las necesidades de climatización caen drásticamente.
Ahorro medido: este se estima en 25 MWh al año (se debe tener en cuenta que los ahorros energéticos se definen en base a criterios técnicos).
La empresa “Juan. S.L.”, con objeto de recuperar parte de la inversión, formaliza un Convenio CAE con un Sujeto Obligado “X S.L.”, a través del cual cede sus estimaciones de ahorro energético generado (25 MWh/año) a cambio del pago de una contraprestación o precio.
El precio acordado entre “Juan S.L.” y “X S.L.” en el Convenio CAE es de 140 €/MWh certificado.
Dicho precio será abonado por “X S.L” a “Juan” S.L.” a los 60 días de la emisión de la factura, toda vez se hayan emitido e inscripto los CAEs a nombre de “X S.L.”.
Estimaciones de inversión recuperada por “Juan S.L”: 25MWh *140 € = 3.500€.
Si bien, para que “Juan S.L” pueda cobrar la contraprestación deben previamente producirse determinados hechos:
- Verificarse que los ahorros energéticos cedidos son de 25MWh.
- Emitirse e inscribirse los CAEs, correspondientes a dichos ahorros energéticos verificados, a nombre de “X S.L.”
A los 60 días de la emisión de os CAEs, Juan recibirá un ingreso extra del 35% de la Inversión:
- Inversión inicial de “Juan S.L.”: 10.000 €.
- Contraprestación de cesión de ahorros energéticos a “X S.L.”: 3.500 €.
- Total de la inversión neta para “Juan S.L.”: 10.000 € - 3.500 € = 7.500€
¿Otras dudas relacionadas con el CAE?
Un CAE ¿cuántos kWh son?
En concreto, cada CAE equivale a 1 kWh.
¿Cuál es el precio o la contraprestación que se puede recibir por la cesión de Ahorros Energéticos?
El precio es variable y depende de la oferta y la demanda que exista en ese momento, además de otros factores.
¿Quién puede ser titular de un ahorro energético?
La persona física o jurídica de naturaleza pública o privada que lleva a cabo la inversión de la actuación en eficiencia energética con la finalidad de obtener un ahorro de energía final, para sí mismo o para un tercero, o bien aquella a la que le ha sido cedido el ahorro generado por dicha actuación.
¿Quién puede ser titular del certificado de ahorro energético (CAE)?
Únicamente los sujetos obligados y los delegados pueden serlo.
¿Desde cuándo se puede solicitar el CAE o ceder un ahorro energético susceptible de convertirse en CAE?
El CAE se puede obtener por toda acción que genere ahorro realizada del 26 de enero de 2023 en adelante (hasta el 1 de enero de 2031).
¿Cuál es el periodo de validez del CAE?
El CAE es válido durante 3 años (a contar desde que se terminase la acción que generó el ahorro por el que se obtuvo el certificado).
¿Que es un Convenio CAE?
Un acuerdo (contrato privado) firmado entre el sujeto obligado o el sujeto delegado con el propietario del ahorro de energía final, por el cual éste cede dicho ahorro a los primeros a cambio de una contraprestación (precio).