Llegados a esta época de final de año es muy habitual oír hablar de las ventajas fiscales de realizar aportaciones a planes de pensiones.

Pero no es tan corriente escuchar sobre las posibilidades de recuperar parte de las aportaciones realizadas.

Teniendo en cuenta que el año 2025 está aquí al lado, merece la pena recordar que una de las modificaciones normativas que entrarán en vigor introduce un nuevo supuesto excepcional de liquidez que permitirá recuperar a partir de 1 de enero de 2025 aquellas aportaciones que tengan al menos diez años de antigüedad en su caso.

Esto significa que las aportaciones que se hicieron hasta el 31 de diciembre de 2015 se podrán recuperar a partir del 1 de enero de 2025.

En 2026 las cantidades aportadas hasta 31 de diciembre de 2016, y así sucesivamente según las aportaciones vayan cumpliendo los diez años.

Se preguntarán los oyentes si hace falta algún requisito para acogerse a este supuesto de liquidez. La respuesta es simple: únicamente con la antigüedad superior a 10 años de las aportaciones rescatadas sería suficiente. No es necesaria ninguna otra justificación como en los demás supuestos de rescate, como es la jubilación, la incapacidad laboral, desempleo de larga duración…con que pasen diez años es suficiente y será en enero de 2025 la primera vez que se pueda hacer un reembolso amparado en esta causa.

A pesar de que se puedan recuperar próximamente las aportaciones y sus rendimientos, es importante no perder de vista el impacto que pueda tener en la declaración de la renta el rescate de las participaciones.

Las disposiciones tributan como rendimientos del trabajo, es decir, se suman a la cantidad que declaramos como ingresos por nuestro trabajo. No olvides que el impuesto sobre la renta es un impuesto progresivo, por tanto, cuantos más ingresos tienes por tu trabajo, mayor es el porcentaje a pagar. No obstante, si se recupera en forma de capital y dentro de unos plazos, podría resultar de aplicación una reducción del 40 % en aportaciones realizadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2006.

Por todo ello la recomendación para nuestros oyentes sería que tengan muy en cuenta la elección del momento de recuperar el plan de pensiones. Es fundamental una buena planificación. Por ejemplo, si haces un reembolso y te encuentras en activo, o sea, trabajas, tu tipo impositivo podría aumentar significativamente en tu declaración. Sin embargo, si esperas a recuperarlo cuando te jubiles, tus ingresos, en principio, podrían ser menores y, por tanto, el impacto en tu renta también será menor.

Lo importante es estar bien informado antes de tomar la decisión. Cada situación debe tratarse individualmente. Los clientes de BBVA pueden contar con la ayuda de nuestros gestores que les acompañarán en el análisis de su caso.Voz femenina: Antes de acabar, destaquemos varios aspectos sobre los productos de ahorro pensados en nuestra jubilación, y como no, sobre el nuevo supuesto de liquidez de los planes de pensiones.

En primer lugar, la importancia de ahorrar para nuestra jubilación, ya que aunque pueda parecer algo muy lejano, empezar cuanto antes es importante.

Por otro lado, los planes de pensiones y planes de previsión asegurados siguen siendo un producto de inversión con un buen tratamiento fiscal,  idóneos en el momento de la jubilación para completar nuestra pensión futura.

Además, el nuevo supuesto de liquidez de los planes de pensiones da cierta flexibilización al producto. Y no olvidemos que no es necesario acogerse al mismo si no se necesita por el impacto económico que tendrá en nuestra declaración de la renta.

El momento de recuperar el plan de pensiones es un momento financiero relevante que requiere de una planificación previa: elegir el momento, la modalidad, el importe,…

Si lo necesitas, tu gestor de BBVA te ayudará y buscará contigo la mejor alternativa para ti.

Esperamos que esta información te haya sido útil. Muchas gracias por confiar en BBVA.

Este pódcast está locutado con la ayuda de herramientas de Inteligencia Artificial.