¿Cubre el seguro si me caigo de la moto?
¿Qué tipos de seguro cubren las caídas de la moto?
Es importante, al elegir el seguro de moto (recordemos, pueden ser: a terceros, a terceros ampliado o a todo riesgo, con o sin franquicia), saber si se incluye la cobertura en caso de caída o accidente con la moto.
- Si el seguro de moto es ‘a terceros’: es el más básico y, por lo general, cubre los daños personales que se causen a otras personas o, también, los daños materiales provocados a terceros (ya sea otra moto, un coche, las vallas de la carretera, contra un local u edificio, etc.), pero no se cubren los daños que sufra el propio vehículo (en este caso la moto), lo que significa que no se estaría cubierto en caso de caída de la moto.
- Si el seguro de moto es ‘a terceros ampliado’: algunas aseguradoras permiten la ampliación de este seguro a terceros y, en ella, las hay que ofrecen alguna cobertura por caída de la moto, por ejemplo, en caso de pérdida total, que es cuando se tiene un accidente con la moto (ya sea una caída o no) y se indemniza con el pago según el valor de la moto, ya que el valor de reparación cuesta más que lo que vale la moto en sí en ese momento. Pero no todas las compañías lo cubren, depende de la modalidad de seguro contratado, por lo que es recomendable consultar si está disponible o no en la póliza contratada.
- Si el seguro de moto es ‘a todo riesgo’: es el más completo y cubre tanto los daños causados a terceros como los daños propios, tanto personales (asistencia sanitaria, tratamientos, pruebas médicas, rehabilitación, etc.) como los causados a la moto, lo que significa que se estará cubierto , con este tipo de seguro, en caso de caída de la moto (incluso si se es el único involucrado en el accidente)..
Eso sí, antes de proceder a la reclamación, conviene que uno se lea las condiciones de la póliza para saber en qué casos se está cubierto y en cuáles no.
¿En qué casos me cubre el seguro si me caigo de la moto?
Son varias las situaciones en las que a uno le cubre el seguro si se cae de la moto, siendo estas las más habituales:
- Accidente sin otro vehículo involucrado: si uno se cae de la moto (por un derrape, por el mal tiempo, etc.) y lo hace sin que otro vehículo intervenga, puede estar cubierto si ha contratado un seguro a todo riesgo (el cual incluye los daños propios).
- Caídas de la moto que causen las condiciones del tráfico: si la caída se debe a una situación en la que otro vehículo o un obstáculo imprevisto en la carretera la provocan, y el culpable es el vehículo contrario, nuestra compañía reclamará a la otra compañía aseguradora los daños sufridos tanto por conductor y el ocupante como en la moto.
- Accidentes fuera del ámbito urbano: algunas aseguradoras incluyen, en sus seguros a todo riesgo, la cobertura que protege si uno se cae mientras conduce por carreteras no urbanas, aunque no todas lo hacen (conviene consultar antes de contratar, si esta se necesita).
- Accidentes mientras se realizan actividades deportivas: si la caída de la moto se produce en la realización de actividades deportivas o de ocio (como un rally o un circuito cerrado), son pocas las compañías que lo cubren, ya que normalmente se trata de una de las exclusiones generales de los seguros de moto. Si se va a utilizar la moto para correr en un circuito por ejemplo, hay que informarse bien, primero si el seguro que se tiene lo cubre o se trata de una exclusión, y si no preguntar en el circuito si se puede contratar un seguro temporal y específico para la actividad que se quiere realizar con la moto y qué coberturas tiene.

¿En qué casos no me cubre el seguro si me caigo de la moto?
También existen situaciones en las que a uno no le cubre el seguro si se cae de la moto:
- Si se tiene un seguro a terceros: como se ha explicado, el seguro a terceros se hace cargo de los daños a otras personas y los daños materiales, no de los propios, lo que significa que cualquier caída de la moto, si se tiene este tipo de seguro, no estará cubierta por el seguro y se tendrá que hacer cargo de la reparación uno mismo.
- Si se ha cometido una infracción de tráfico: si la caída se produce al cometer una infracción de tráfico, muchas aseguradoras se niegan a cubrirlo y, por ende, a pagar la indemnización (en este caso, habría que revisar lo que especifican las condiciones de cada seguro para este tipo de situaciones).
- Si se circula por una vía que no es apta: caerse en una carretera o terreno que no esté preparado para el tránsito de vehículos puede ser sinónimo de negativa, por parte de la compañía de seguros, a cubrir los daños que se deriven de la caída (de nuevo, hay que revisar lo que se indique en la póliza).
- Si no se tiene la moto en buen estado: si la caída es provocada por un defecto en la moto que no se ha reparado adecuadamente, como problemas en los frenos o fallos mecánicos que ya se conocían, la aseguradora podría considerar que no está cubierto y, por tanto, no se tiene derecho a indemnización.
- Si el accidente ocurre durante una actividad no cubierta: algunas pólizas de seguros de moto tienen exclusiones específicas, como las que no cubren las caídas en competiciones o eventos deportivos, o accidentes en condiciones extremas.
¿Cuál es la indemnización si uno se cae de la moto y le cubre el seguro?
La indemnización a percibir, si uno se cae de la moto y le cubre el seguro, va a depender de varios factores, como, por ejemplo, el tipo de seguro que se tenga, la gravedad del accidente y los daños sufridos.
Por lo general, si el seguro cubre la caída, la indemnización podría incluir: los gastos médicos que deriven del accidente (asistencia sanitaria, rehabilitación, etc.), los daños que sufra la moto (se cubren las reparaciones, si estas son posibles, o se indemniza según el valor de la moto, si no lo son) o las posibles lesiones físicas (si hay daños físicos graves).
Todas estas casuísticas, eso sí, van a depender de lo estipulado en la póliza