Si uno es padre o madre de un joven que está aprendiendo a conducir, o que ya tiene el permiso para hacerlo, una de las preguntas que seguramente ya se haya hecho es la siguiente: ¿es posible hacer un seguro de ciclomotor a nombre del padre o de la madre?
En este artículo, y en detalle, le daremos respuesta y explicaremos, además, qué figuras intervienen en un seguro, qué implica tener el de ciclomotor o moto a nombre del padre o la madre y cuáles son los requisitos a cumplir para que esto se pueda dar.
¿Cuáles son las figuras de un seguro de moto?
Son 3 las figuras a tener en cuenta (en un seguro de moto):
Tomador
Es la persona que contrata la póliza, es decir, la que firma el contrato con la aseguradora y se compromete a pagar la prima del seguro.
Es importante que se entienda que el tomador no tiene que ser, necesariamente, el propietario de la moto (o el ciclomotor), aunque sí lo sea en la mayoría de los casos.
Propietario
Es la persona que tiene la titularidad de la moto (o el ciclomotor), es decir, aquella que aparece como su dueña en el permiso de circulación del vehículo.
Es un término importante porque el propietario es quien, en última instancia, se responsabilizará de los posibles daños causados por la moto o ciclomotor, lo que no implica que pueda ser conducida por otras personas (bajo determinadas condiciones).
Conductor
Es la persona que “utiliza” la moto y, por tanto, la que está sujeta a las condiciones de la póliza (en cuanto a lo cubierto por el seguro).
El conductor debe estar declarado en la póliza si es distinto al tomador o propietario, ya que, de lo contrario, el seguro podría no cubrir los daños si el conductor no está especificado.
¿Puede el seguro de moto estar a nombre del padre o de la madre?
¿Qué requisitos hay que cumplir para que el seguro de moto pueda estar a nombre del padre o de la madre?
En primer lugar, si bien es cierto que la mayoría de las aseguradoras no suelen tener inconveniente en que el padre o la madre sean los que contraten el seguro de ciclomotor (o moto) a su nombre, incluso si el hijo es el propietario del vehículo, este último debe figurar en la póliza como conductor, es decir, la aseguradora debe estar informada de que el hijo es quien usará el vehículo, ya que, si no es así, es posible que el seguro no cubra los posibles daños si tiene un accidente.
En segundo lugar, hay que revisar, para saber si un hijo puede conducir la moto con el seguro del padre o la madre, si cumple la edad mínima que establece la compañía de seguros (para saber si debe incluirse o no específicamente en una póliza).
Hay compañías en el mercado que permiten conducir la moto o ciclomotor a partir de los 18 años sin necesidad de incluir a esa persona como conductor en la póliza. Y, hay otras compañías, en cambio, en las que deben figurar en la póliza determinados conductores dependiendo de la edad o antigüedad del carnet de conducir.
Por eso, dependiendo de cada caso, es muy importante consultarlo con la compañía de seguros para estar tranquilos en caso de siniestro.
¿Qué cubriría el seguro a nombre del padre o la madre?
El seguro de ciclomotor (o moto), aunque esté a nombre del padre o la madre, incluye las mismas coberturas que cualquier otro seguro de este tipo (su única particularidad es que el conductor principal sería el hijo y no los progenitores).
Estas son las coberturas más habituales:
- Responsabilidad civil: cobertura obligatoria que asegura los daños a terceros causados por el ciclomotor o moto, lo que incluye los daños a otras personas o a vehículos o propiedades que se puedan ver afectados en un accidente (según las condiciones del contrato).
- Daños propios: son muchas las pólizas que incluyen esta cobertura, con el objetivo de garantizar la protección de los daños que sufra el propio ciclomotor (o moto) en un posible accidente (según las condiciones del contrato).
- Robo e incendio: es común que las aseguradoras ofrezcan esta cobertura, en la que si el ciclomotor es robado o sufre un daño por incendio, la aseguradora cubriría la reparación o el reemplazo del vehículo (según las condiciones del contrato).
- Accidentes personales: si el hijo o el conductor principal del ciclomotor sufre un accidente, algunas pólizas incluyen una cobertura por los daños personales, como gastos médicos o indemnizaciones por lesiones graves (se aplica en base a las condiciones del contrato).
- Asistencia en carretera: hay pólizas que incluyen servicios de asistencia en carretera, lo que puede ser útil si el ciclomotor se avería o si se necesita ayuda urgente tras un accidente (se aplica en base a las condiciones del contrato).