Fiscalidad de los planes de pensiones: los cambios a tener en cuenta

Descubre cómo impactan los cambios que entraron en vigor el 1 de enero de 2023, en relación a los planes de pensiones.
El producto financiero que permite canalizar el ahorro a largo plazo, adaptándose al perfil de riesgo del inversor, y que mantiene una fiscalidad interesante es el plan de pensiones. En concreto, la principal ventaja fiscal de los planes de pensiones es que reducen la base imponible de la Renta, lo que puede tener un mayor impacto en los años en los que se perciben ingresos más altos (en los cuales el tipo inicial a aplicar es superior).

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Cambios en la fiscalidad de los planes de pensiones

La principal novedad es el nuevo límite de aportación adicional para los autónomos, de hasta otros 4.250 euros, por sus aportaciones a los nuevos planes de empleo simplificados. También hay pequeñas modificaciones en los límites de aportación de empleados a planes de empleo.

Fiscalidad de los planes de pensiones: ¿qué casuísticas pueden darse?

Si se han aportado ya 1.500 € a un plan de pensiones individual, ¿qué cantidad máxima puede aportar la empresa a un PPE o PPSE a mi nombre para conseguir una reducción mayor?

Al haberse aportado 1.500 € al plan de pensiones individual, lo cuales dan derecho a la ventaja fiscal que se ha mencionado con anterioridad, el empleador podrá contribuir con un máximo de 8.500 € adicionales al PPE o PPSE para dar derecho a una reducción adicional por dicho importe.

Así, el total de reducción de la base imponible de la Renta ascenderá a 10.000 € (1.500 € por aportación individual al plan de pensiones + 8.500 € por contribución de la empresa al PPE o PPSE).

Además de las contribuciones del empleador, dentro de dicho límite de 10.000 €, también puede aportar al PPE o PPSE el propio empleado, pero siempre que su aportación no supere el resultado de aplicar una serie de coeficientes a la contribución de empleador.

Si no se hacen otras aportaciones individuales a planes de pensiones, ¿la empresa puede contribuir al PPE o PPSE con 10.000 € que darían derecho a reducción o solo con 8.000 €?

En este caso, la empresa puede llegar a contribuir al PPE o PPSE con hasta 10.000 €, que darán derecho a la ventaja fiscal consistente en la reducción de tu base de la Renta en ese mismo importe. 

Los 8.500 € de incremento del límite para estos tipos de planes empresariales son adicionales a los 1.500 € que establece el límite general, por lo que si no se han consumido dichos 1.500 € con otras aportaciones, las contribuciones de la empresa y aportaciones del empleado que podrán dar derecho a reducción en la Renta pueden ascender conjuntamente a 10.000 €.

En resumen, el máximo de aportaciones y contribuciones con derecho a esta ventaja fiscal (aplicable a los planes de pensiones) será siempre de 10.000 €, que podrán distribuirse de la siguiente forma:

Solo aportaciones a planes de pensiones individuales: hasta 1.500 €.

Combinar aportaciones a planes de pensiones hasta 1.500 € + contribuciones empresariales y, en su caso, aportaciones del empleado a PPE o PPSE por importe restante hasta 10.000 €. Por ejemplo, 1.500 € + 4.250 € + 4.250 euros, respectivamente.

Solo contribuciones empresariales a PPE o PPSE: hasta 10.000 euros.

¿Se puede aplicar la reducción incrementada si, como empleado, se aportan hasta 10.000 euros a un PPE o PPSE? 

Actualmente, las aportaciones del trabajador a su PPE o PPSE no dan derecho a esta ventaja fiscal. Ha de ser la empresa la que haga la contribución a dichos planes. 

Sin duda, un estímulo para el ahorro a largo plazo, y en concreto para el que podría lograrse a través de este tipo de planes de empleo, sería la posibilidad de que también las aportaciones del trabajador a su plan de empleo dieran derecho a la citada reducción de hasta 10.000 €. Esta posibilidad no está prevista actualmente en la norma pero la futura Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 podría contemplarla en alguna medida si se mantiene la redacción actual del Proyecto de dicha Ley.

¿Qué ocurre con los trabajadores autónomos?

Para los trabajadores autónomos, el límite total de aportación es de 5.750 euros, desglosados de la siguiente manera:

- 1.500 euros de límite general o conjunto, que podrán aportar a cualquier instrumento de previsión social con este régimen fiscal, tanto a planes de pensiones de individuales (o productos individuales alternativos como los planes de previsión asegurados), como a los nuevos planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores autónomos.

- Otros 4.250 euros (adicionales a los 1.500 euros), siempre que tal incremento provenga de aportaciones a los planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores por cuenta propia o autónomos. Este límite de 4.250 euros se aplica también a las aportaciones propias que el empresario individual realice a planes de pensiones de empleo de los que, a su vez, sea promotor y partícipe.

La desgravación fiscal del total de aportaciones sería la menor de 5.750 euros o el 30% de sus rendimientos de trabajo y actividades económicas.

En resumen

Las últimas modificaciones de la fiscalidad de los planes de pensiones dan la oportunidad a los sistemas de previsión social empresarial de adquirir protagonismo en el panorama financiero y fiscal actual, en especial, si se habilita a futuro en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 la posibilidad de que la aportación del empleado a su plan de previsión empresarial también compute para la reducción incrementada de hasta 10.000 € de la base imponible de su Renta.
Alicia Ferrer, Directora de Asesoramiento Fiscal a Negocio de España