Esquema general del IRPF e integración y compensación de rentas

Las categorías principales en las que se divide la base imponible del IRPF
La base imponible del IRPF se divide en dos partes: base imponible general y base imponible del ahorro.

Base imponible general

La base imponible general está compuesta por rentas como las derivadas del trabajo o las rentas que proceden del alquiler de inmuebles, pero también alguna renta de carácter financiero, como son las prestaciones de los Planes de Pensiones.

Sobre esta base se aplica una escala de gravamen progresiva con tipos, que para el ejercicio 2017 y en territorio común, se sitúan entre un 19 y un 45%, aunque estos tipos pueden variar en función de la Comunidad Autónoma de residencia.

Base imponible del ahorro

La base del ahorro, es donde se integran y tributan la mayor parte de las rentas derivadas de la inversión en productos financieros. A su vez, la base del ahorro, se divide en dos apartados, el primero, en el que se integran las rentas de productos financieros que se califican como rendimientos del capital mobiliario, y el segundo, en el que se integran las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones.

Las rentas calificadas como rendimientos del capital mobiliario se integran y compensan en primer lugar entre sí, y solo si el saldo final fuera negativo se podrá compensar a su vez con el saldo positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro, si bien con el límite, en 2017, del 20% de las mismas (25% a partir de 2018).

De la misma forma, las ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro se integran y compensan también, en primer lugar, entre sí, y en el caso de que el saldo de las mismas fuera negativo, éste se podrá compensar, a su vez, con el saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro, si bien, con el límite, en 2017, del 20% de dichos rendimientos (25% a partir de 2018).
A la base del ahorro se le aplica una escala progresiva de gravamen con tres tramos y tipos que en 2017 se sitúan entre un 19 y 23%, con independencia de la Comunidad Autónoma en la que resida el contribuyente.

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