Las cuentas bancarias muchas veces tienen un objetivo concreto: ahorrar para una compra de un coche, pagar la hipoteca en una entidad financiera determinada, compartir gastos en un piso con compañeros y amigos, etc. Es por eso que una vez concluida esa finalidad muchos clientes deciden por su comodidad y tranquilidad cancelarla. En otros casos, cerrar una cuenta corriente se debe a un fallecimiento o por circunstancias de trabajo (pago de nómina), por ejemplo.
El proceso para realizar dicha cancelación es sencillo y no debería presentar contratiempos, pero es importante entender las implicaciones que tiene y qué no debemos perder de vista. Aunque se trata de un trámite, como decimos, fácil, hay una serie de pasos que nunca está de más conocer.
Muchos usuarios pueden creer que dejar la cuenta sin dinero (0 €) puede ser sinónimo de cancelación automática por cese de actividad o falta de fondos. Sin embargo, esto no es correcto. Es importante informarse sobre los procedimientos particulares de cada entidad financiera para la cancelación de una cuenta corriente.
Requisitos y documentación necesaria
1. Firma de cancelación por titulares de la cuenta corriente con su DNI (NIE, NIF)
El primer paso que debemos resolver para cerrar una cuenta bancaria es conocer si la cuenta tiene varios titulares, porque para cancelarla debemos contar con el consentimiento de todos ellos. Si el banco donde deseamos cerrar la cuenta no ofrece el servicio de cancelación de cuenta online (por Internet) o por otro medio remoto (vía correo postal, teléfono, fax, etc) los titulares deberán acudir presencialmente junto con su documento de identidad, válido y en regla, para firmar la cancelación de la cuenta. En algunas entidades dicho acto se debe realizar en la misma oficina donde se realizó la apertura de la cuenta bancaria que se quiere cancelar.
- En caso de fallecimiento de uno de los titulares:
Si uno de los titulares de la cuenta bancaria ya hubiera fallecido, deberán ser los herederos legales los que realicen este trámite, presentando la documentación que necesite la entidad bancaria (entre otros documentos, el certificado de defunción y la escritura de adjudicación de la herencia).
2. Entrega de tarjetas, cheques y libretas
Antes de dar de baja la cuenta corriente, el cliente debe eliminar o destruir todas las tarjetas de crédito o débito, cheques, libretas o talonarios que tenga asociadas a la misma.
En algunos casos es el banco quien solicita a los interesados que acudan a la sucursal para la entrega de todos esos medios de pago. Es una medida de seguridad.
Recomendaciones
Antes de firmar la cancelación y cierre de tu cuenta bancaria:
- Asegúrate que no tengas recibos domiciliados en la cuenta.
- Avisa a tus pagadores (si trabajas por cuenta ajena o percibes pagos periódicamente por cualquier otra razón) sobre la cancelación de la cuenta.
- Asegúrate de que la cuenta corriente a cancelar no es la cuenta de abono de los intereses de otros productos financieros (depósitos, cuentas de ahorro…) que tengas en esta u otra entidad financiera.
- Desvincula tu número de cuenta de las plataformas de comercio electrónico que utilices con ese número de cuenta o una tarjeta asociada a la misma. Evitarás problemas en tus siguientes compras o renovaciones de suscripción.
- Realiza una copia de tus movimientos que te sirva de resguardo. En muchas entidades lo más sencillo será descargarlo desde Internet, a través de su página web, en el área privada de clientes.
- Para finalizar, es recomendable solicitar un comprobante donde conste la cancelación de la cuenta por si fuese necesario hacer alguna reclamación posterior.
Comisiones o penalizaciones
Dependiendo de la entidad, la cancelación de la cuenta corriente puede suponer una penalización. En cualquier caso debes tener en cuenta:
- Saldo negativo: Si la cuenta que se quiere cancelar tiene saldo negativo, el titular o titulares tendrán que abonar dicho saldo para poder cancelarla.
- Comisión de gestión o mantenimiento de la cuenta: Si la cuenta bancaria que vas a cerrar tiene comisiones de administración y mantenimiento, se calcula la comisión proporcional según la fecha de cancelación de la cuenta.
- Promociones: Si has disfrutado de alguna promoción o beneficio por la apertura o mantenimiento de la cuenta bancaria que vas a cerrar y el tiempo de permanencia no ha transcurrido, posiblemente deberás pagar una penalización por incumplimiento de las condiciones de la promoción. Infórmate en las bases legales de la promoción o en tu entidad bancaria para estar seguro.
- Hipoteca, créditos o algún tipo de préstamo: Si tienes algún préstamo con el banco y la cuenta que pretendes cerrar es la cuenta a través de la que pagas las cuotas e intereses de esos productos, deberás consultar si se puede realizar la cancelación o cambio de cuenta de cargo a otro banco, y si exige algún tipo de penalización por ello.