¿Qué tipos de impuestos directos hay?
Impuestos directos estatales
- Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF): es el impuesto directo que grava las rentas obtenidas por una persona física residente en España (por ejemplo, el sueldo al asalariado o los ingresos al autónomo). Es progresivo y su tipo impositivo va a depender de la base liquidable (aumentando si esta lo hace… y viceversa).
- Impuesto sobre Sociedades (IS): es el impuesto directo que recae sobre los beneficios de las personas jurídicas y sociedades mercantiles que residen en territorio español. Su cálculo depende del resultado contable de la empresa (ingresos-gastos), del tipo de gravamen a aplicar (según la empresa de la que se trate) y de las posibles deducciones y bonificaciones.
- Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR): es el impuesto directo que se aplica a los ingresos obtenidos en territorio español por personas físicas o entidades no residentes. Su tipo impositivo, por lo general, oscila del 19% al 24% (según el tipo de renta y el país de residencia).
Impuestos directos autonómicos
- Impuesto sobre el Patrimonio (IP): se aplica al valor neto del conjunto de bienes y derechos económicos de una persona física (a 31 de diciembre).
- Impuesto Temporal Solidaridad Grandes Fortunas (ITSGF): complementario al anterior, grava el patrimonio neto de las personas físicas (tanto bienes como derechos) en España, siempre que supere los 3 millones de euros.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD): es el que permite la tributación de los bienes y/o derechos que se transmiten de una persona física a otra (por sucesión, tras el fallecimiento de una persona, o donación de una persona en vida)
En caso de que el “beneficio” (sea sucesión o donación) recayese en una persona jurídica, tendrá que tributar en el IS.
Impuestos directos locales
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): es el que pagan los propietarios de un bien inmueble rústico o urbano por su titularidad y otros derechos reales. Para su cálculo se aplican unos coeficientes indicados por el Ayuntamiento del lugar en el que se ubica el bien a su valor catastral, sumándose al resultado las posibles bonificaciones (generales) y descuentos (locales).
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): es el impuesto directo que fiscaliza las actividades económicas que realizan las personas físicas y jurídicas en España, con independencia de sus ingresos y del sector operativo (este solo ayuda a determinar el epígrafe del IAE en el que cotiza la empresa). Para su cálculo se usan unos coeficientes de ponderación y de situación, que dan lugar a la cuota incrementada a la que se suma el pago provincial.
* Existen una serie de excepciones (a consultar en este enlace).
A estos impuestos directos que se han explicado se añaden otros como, por ejemplo, el Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica (o IVTM).
¿Qué son los impuestos indirectos?
¿Qué tipos de impuestos indirectos hay?
Los impuestos indirectos se dividen en 3 categorías:
Impuestos indirectos estatales
- Impuesto de Valor Añadido (IVA): es el que grava el consumo de productos y servicios en el territorio peninsular e Islas Baleares. Hay 3 tipos: general (21%) Reducido (10%) y Superreducido (4%).
- Impuesto General Indirecto Canario (IGIC): es el equivalente al IVA en las Islas Canarias. Ayuda a tributar el consumo de los productos y servicios. Hay 6 tipos: Especiales I (20%), Especiales II (35%), Especiales incrementado (13,5%), General (7%), Reducido (3%) y Cero (0%).
Impuestos indirectos autonómicos
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): es el que permite la tributación de las operaciones de transmisión de patrimonio realizadas entre 2 personas. Su porcentaje es variable y depende de cada comunidad autónoma.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD): es el encargado de gravar los documentos que se utilizan en 3 actos jurídicos en concreto: notariales, mercantiles y administrativos.
Impuestos indirectos locales
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de Bienes de Naturaleza Urbana (IIVTNU): es el que permite tributar el aumento de valor que tiene un terreno urbano en el tiempo que sea propiedad de una persona. Se abona en el momento que este es transmitido, donado o recibido en herencia y lo debe pagar el vendedor (en los 2 primeros casos) y el perceptor (en el último). Normalmente se le conoce como plusvalía municipal.
En resumen:
|
Impuestos directos |
Impuestos indirectos |
|---|---|
| Impuestos directos
IRPF | Impuestos indirectos
IVA (Impuesto de Valor Añadido) |
| Impuestos directos
IS (Impuesto sobre Sociedades) | Impuestos indirectos
IGIC (solo en las Islas Canarias) |
| Impuestos directos
ISD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) | Impuestos indirectos
ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) |
| Impuestos directos
IP (Impuesto sobre el Patrimonio) | Impuestos indirectos
AJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados) |
| Impuestos directos
ITSGF (Impuesto Temporal Solidaridad Grandes Fortunas) | Impuestos indirectos
IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento de Valor de Bienes de Naturaleza Urbana) |
| Impuestos directos
IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) | |
| Impuestos directos
IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) | |
| Impuestos directos
IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) | |
| Impuestos directos
IVTM (Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica) |
¿Qué diferencias hay, por tanto, entre los impuestos directos e indirectos?
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Criterio de comparación |
Impuestos directos |
Impuestos indirectos |
|---|---|---|
| Criterio de comparación
Objeto de gravamen | Impuestos directos
Renta acumulada y patrimonio poseído | Impuestos indirectos
Consumo de bienes/servicios y transmisiones/donaciones |
| Criterio de comparación
Capacidad económica | Impuestos directos
Manifestación directa e inmediata | Impuestos indirectos
Manifestación indirecta (gasto del dinero). |
| Criterio de comparación
Progresividad | Impuestos directos
Sí (quien más gana, mayor porcentaje paga) | Impuestos indirectos
No (son fijos o proporcionales, es decir, se aplica el mismo porcentaje con independencia de la renta) |
| Criterio de comparación
Repercusión | Impuestos directos
No repercutibles (lo paga el sujeto pasivo) | Impuestos indirectos
Repercutibles (lo paga el consumidor final) |
| Criterio de comparación
Ejemplos principales | Impuestos directos
IRPF, IS, IBI, etc | Impuestos indirectos
IVA, IGIC, etc |
Ejemplo comparativo: impuesto directo vs. impuesto indirecto
Una sociedad mercantil vende un servicio de consultoría por importe de 10.000 €:
- Aplicación del impuesto indirecto (IVA): la empresa emite la factura añadiendo un 21% de IVA (importe: 2.100 €). Ese tributo lo soporta íntegramente el cliente final y la empresa solo actúa como recaudadora para la AEAT.
- Aplicación del impuesto directo (IS): al cierre del ejercicio, el beneficio neto obtenido por esa operación tributará directamente al tipo correspondiente en el IS a cargo de la propia sociedad.
Preguntas frecuentes sobre los impuestos directos
¿Qué grava un impuesto directo?
Se aplica sobre la capacidad económica de las personas físicas o jurídicas, o lo que es lo mismo, sobre la riqueza obtenida o el patrimonio que se haya ganado.
¿Cuáles son los impuestos directos más importantes?
A nivel estatal destacan el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades (IS) y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR); a nivel autonómico, el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), el de Grandes Fortunas (ITSGF) y el de Sucesiones y Donaciones (ISD); y a nivel local, el IBI, el IAE y el IVTM.
¿Quién paga los impuestos directos?
Los abonan las personas físicas o jurídicas sobre las que se aplican.
¿Existen impuestos especiales (además de los directos e indirectos)?
Sí, los hay. Por ejemplo, aquellos que se aplican a las bebidas alcohólicas (cerveza, vino, etc.), al tabaco o a los hidrocarburos. También se incluyen los aplicados a la matriculación de determinados medios de transporte (el impuesto de matriculación) y, en ocasiones, a la electricidad.