Las pensiones contributivas
Las pensiones contributivas son prestaciones económicas con duración indefinida, generalmente vitalicia, y cuya concesión depende del cumplimiento de una serie de requisitos y de la existencia de una previa relación jurídica con la Seguridad Social, es decir, haber estado afiliado al sistema y haber cotizado un periodo mínimo. La cuantía que se vaya a percibir depende de las aportaciones que haya hecho el trabajador durante el período que se requiera. Se diferencian de las pensiones no contributivas en que en las últimas no influye si se ha cotizado o no a la Seguridad Social, y en la forma en la que se gestiona. Siendo las pensiones contributivas competencia del Estado, y las no contributivas de los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma.
Dentro del régimen de las pensiones contributivas se encuentran, cada una con sus distintas modalidades, las pensiones por jubilación, por incapacidad permanente y las conocidas como pensiones de muerte y supervivencia (pensiones de viudedad, de orfandad y en favor de familiares). El principal objetivo es cubrir las necesidades económicas de cada persona en cada una de estas posibles situaciones.
En el caso de las pensiones por jubilación se basa en cubrir la pérdida de salario cuando un trabajador pone fin a su vida laboral. Hay una gran variedad de modalidades de pensiones de jubilación, si bien las más frecuentes son la jubilación ordinaria, la jubilación anticipada por cese involuntario del trabajador y la jubilación anticipada por voluntad del trabajador.
En el caso de la pensión por incapacidad permanente se basa en cubrir la pérdida de salario que sufre una persona cuando sufre una incapacidad, ya sea derivado de una enfermedad o por accidente, tras lo que ve anulada o reducida su capacidad laboral. Pueden otorgarse distintos grados: incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
Por último, en el caso de las pensiones por fallecimiento se dedican a compensar la situación de necesidad económica que puede producir el fallecimiento de otras, las modalidades son por viudedad, orfandad y a favor de familiares.
La hucha de pensiones
Al Fondo de Reserva de la Seguridad Social se le conoce coloquialmente como la hucha de las pensiones. Se trata de un fondo soberano de inversión que se financia con los excedentes del sistema de la Seguridad Social y, en su caso, de asignaciones presupuestarias por parte del Gobierno. Esto quiere decir que en los momentos en que los ingresos de la Seguridad Social superan a los gastos, este ahorro se destina para crear un fondo que garantice las pensiones contributivas en entornos de déficit. De esta forma, se ahorra en ciclos económicos buenos para poder amortiguar el posible impacto de ciclos económicos bajos, como puede ser una crisis, y así poder garantizar el pago de las pensiones contributivas.
El fondo está compuesto, principalmente, por activos de Deuda Pública española. Los rendimientos de estos activos también contribuyen a incrementar el saldo de esta hucha. La idea es que no solo se deposite el dinero en el Fondo, sino que se invierta para maximizar la rentabilidad y, por tanto, lograr un saldo adicional para el mismo.