Servicio desCubierto tácito
¿Cómo funciona?
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Según tu situación como cliente, podrás tener un límite autorizado para operar en descubierto tácito:
Si tu cuenta tiene límite, atenderemos todos los cargos hasta el importe del límite.
Si tu cuenta no tiene límite o lo has superado, analizaremos cada cargo de forma individual para tratar de atenderlo. Los cargos pueden ser:
- Retiradas de efectivo en caja.
- Órdenes de domiciliación.
- Recibos no domiciliados.
- Transferencias y traspasos.
- Pago de impuestos.
- Cuotas de la seguridad social.
- Cargo de cheques o pagarés.
- Emisión de cheques bancarios.
- Compraventa de moneda extranjera.
Además, con el nuevo servicio, te informaremos del estado de los cargos que lleguen a tu cuenta si no hay saldo para atenderlos.
¿Cuánto cuesta?
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Tener un límite autorizado no tiene coste, solo pagarás si utilizas el descubierto tácito. Es decir, si se atiende algún cargo y tu cuenta entra en descubierto tácito.
El servicio funciona como un pequeño crédito y su coste se calcula con un tipo de interés y una comisión.
- Comisión de descubierto tácito: es el 4,5 %. Se cobra una sola vez y se calcula sobre el saldo máximo deudor del período de liquidación de la cuenta.
- Interés deudor: actualmente es del 7,25 %.
La TAE resultante de aplicar estos dos conceptos está limitada legalmente para el caso de "consumidores" (personas físicas sin actividad económica) y no puede superar 2,5 veces el interés legal del dinero.
En el caso de que tu cuenta no tenga límite de descubierto tácito o si se ha superado, cuando se atiende un cargo y a las 21:00 h. la cuenta sigue en negativo, además del importe anterior se aplicará una comisión por atención puntual de 2 € por cada cargo. Si antes de las 21:00 h haces un ingreso en la cuenta y deja de estar en negativo, no se cobrará esta comisión.