¿Cuánto cuesta dar de alta la luz?

Te explicamos los pasos para dar de alta este suministro, así como los requisitos y el coste que tiene.
Una de las preguntas que más “hacen” los compradores, tras adquirir su nueva vivienda, es el coste de dar de alta la luz. En este artículo, y con detalle, vamos a darla respuesta, explicándote los factores que influyen en su precio. Además, explicaremos cómo se da de alta la luz, cuánto tardan y cuáles son los requisitos a cumplir, y la documentación a entregar, para finalizar el proceso con éxito. ¡Sigue leyendo!

¿Cuánto vale dar de alta la luz?

Dar de alta la luz, y es importante saberlo, no es gratuito: tiene un coste. Hay que abonar, en primer lugar, los derechos de alta. Son 3:

Tipo

Se utiliza

Se abona si

Coste (para 2024)

Tipo

Derecho de extensión

Se utiliza

Sufragar el mantenimiento de la infraestructura eléctrica

Se abona si

La vivienda es de nueva construcción o si el suministro ha estado ‘de baja’ un mínimo de 3 años

Coste (para 2024)

17,37 € + impuestos (por cada kW de potencia que se contrate)

Tipo

Derecho de acceso

Se utiliza

Sufragar el uso que se le da a la red de transporte eléctrico

Se abona si

El suministro es nuevo o se quiere ampliar la potencia del que se tiene contratado

Coste (para 2024)

19,70 € + impuestos (por cada kW de potencia que se contrate)

Tipo

Derechos de enganche

Se utiliza

Sufragar el “enganche” del punto de suministro a la red eléctrica

Se abona si

-

Coste (para 2024)

9,04 € + impuestos (sin importar la potencia que se contrate)

Cálculo del precio por dar de alta la luz

La fórmula que se utiliza para calcular el precio de dar de alta la luz es: 

Total (con IVA) = (Derechos de extensión + Derechos de acceso + Derechos de enganche) + IVA

Coste de dar de alta la luz en una vivienda nueva o en una de segunda mano (en la que el suministro fue dado de baja hace 3 años o más) 

Aplicando la fórmula a una potencia de 3,45 kW

  • Derechos de extensión: 17,37 € x 3,45 = 59,92 €.
  • Derechos de acceso: 19,70 € x 3,45 = 67,96 €.
  • Derechos de enganche: 9,04 €.

Total (sin IVA) = 59,92 € + 67,96 € + 9,04 € = 136,93 €.

Total (con IVA) = 136,93 € + 21 % = 165,68 €.

Coste de dar de alta la luz en una vivienda de segunda mano (en la que el suministro fue dado de baja hace menos de 3 años)

Aplicando la fórmula a una potencia de 3,45 kW 

  • Derechos de extensión: No se abonan
  • Derechos de acceso: 19,70 € x 3,45 = 67,96 €
  • Derechos de enganche: 9,04 €

Total (sin IVA) = 67,96 € + 9,04 € = 77,01 €.

Total (con IVA) = 77,01 € + 21 % = 93,18 €

¿Cómo dar de alta la luz?

Si se da de alta la luz en una vivienda de obra nueva (y por primera a vez)

  • Comprobar si, como ocurre en algunos casos, la promotora inmobiliaria ha realizado la acometida eléctrica.
  • De ser así, el siguiente paso es elegir la tarifa.
  • Tras ello, y con la documentación necesaria ya recopilada, se contacta con la comercializadora para dar de alta la luz
  • Con el papeleo ya entregado, esta se encarga de enviárselo a la distribuidora para que lo verifique.
  • Si todo está ‘en orden’, la distribuidora autoriza el suministro, enviando a un técnico para que proceda a la instalación y activación del contador de luz. Un proceso de dar de alta la luz suele tardar, en la mayoría de los casos, 8 días hábiles.

Si se da de alta la luz en una vivienda de segunda mano

  • Contactar con la comercializadora para saber en qué estado se encuentra la instalación, así como la documentación que se facilitó (al dar de alta la luz por primera vez).
  • El siguiente paso, tras las comprobaciones, es elegir la tarifa.
  • Tras ello, se entrega la documentación que requiera la comercializadora.
  • La comercializadora, una vez tenga los documentos que necesita para dar de alta la luz, se encarga de enviárselos a la distribuidora para que los verifique.
  • Si todo está bien, la distribuidora autoriza el suministro, enviando a un técnico para que proceda a la instalación y activación del contador de luz. Un proceso que suele tardar, normalmente, de 1-8 días hábiles.

En ambos casos, el consumidor que dé la luz de alta tiene que abonar el derecho de alta en la primera factura que reciba.

¿Qué requisitos hay que cumplir para dar de alta la luz?

A la hora de dar de alta la luz, hay que cumplir una serie de condiciones, principalmente las siguientes:

  • Comprobar que los derechos, previamente mencionados (extensión, enganche y acceso) se han pagado.
  • Revisar que el suministro tenga su código CUPS (lo otorga la distribuidora).
  • Certificar que la instalación está ‘en regla’.

¿Qué documentación se necesita para dar de alta la luz?

Además, hay que facilitar la siguiente documentación (para dar de alta la luz):

  • DNI (del titular del contrato de la luz).
  • Dirección postal (en la que se encuentra el suministro).
  • Potencia que se contrata (o se tiene contratada) en kW.
  • Código CUPS.
  • Escrituras (o, si se está de alquiler, el contrato de arrendamiento).
  • Certificado de Instalación Eléctrica o, sino, el Boletín Eléctrico.
  • Número de cuenta bancaria (para la domiciliación del pago).
  • Licencia de primera ocupación (o de apertura, si se contrata la luz por primera vez).
  • Cédula de Habitabilidad.

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