¡Descubre el Seguro Vivienda BBVA Allianz!
¿Qué ocurre si no se paga el seguro de hogar?
No pagar la prima del seguro de hogar, como la de cualquier otro tipo de seguro, tiene una primera consecuencia: la aseguradora se libera de la obligación de proteger al tomador (en las condiciones pactadas en el contrato que firmaron las partes).
Es decir, la compañía ya no tiene que respaldar al tomador en caso de que se produzca un siniestro en la vivienda (siendo este el responsable, desde ese momento, de lo que ocurra en ella).
¿Y si se tiene una hipoteca?
Si la vivienda está hipotecada, debe tenerse en cuenta que la normativa hipotecaria exige que el inmueble que constituye la garantía cuente con un seguro contra daños que cumpla los requisitos legalmente establecidos. Por ello, dejar de pagar este seguro puede tener además consecuencias relacionadas con el préstamo hipotecario.
Si no se paga el seguro de hogar, ¿este se cancela inmediatamente?
Depende de la prima impagada. Si se trata de la primera prima o de una prima única, la aseguradora puede resolver el contrato o exigir su pago y, salvo pacto en contrario, si se produce un siniestro antes del pago queda liberada de su obligación. Si se trata de una prima posterior, la cobertura queda suspendida un mes después de su vencimiento.
Si esto sucede, eso sí, el tomador está obligado a abonar el recibo correspondiente.
¿Cómo puede reclamar la aseguradora el impago del seguro de hogar?
¿Y no se paga el seguro de hogar por un descuido o por disponer del dinero?
Si un descuido, o la falta de fondos, impide el pago de la prima del seguro de hogar por el tomador, la solución es contactar con la aseguradora para negociar un plan de pagos que le permita hacerlo.
¿Y si lo que se quiere es cambiar de compañía?
En este caso, no hay que recurrir al impago.
Lo que se debe hacer es, en el periodo establecido para ello, comunicar a la aseguradora el deseo de no renovar la póliza y cambiar de compañía.
Esto supone hacerlo, al menos, 30 días antes de que venza el seguro.
En resumen, ¿que supone no pagar el seguro de hogar?
Lo principal, al no abonar la prima del seguro de hogar, es que la vivienda se queda desprotegida. Esto implica que si se produce un siniestro, no importa el tipo, no se contará con la protección que se pueda necesitar para afrontarlo (el tomador lo tendrá que resolver por sí mismo).
Además, y como se ha avanzado, puede llevar a reclamaciones judiciales o ejecutivas por parte de la compañía de seguros.
¿Necesitas un seguro de hogar?
Si buscas un seguro de hogar que esté a tu lado, sobre todo en los momentos difíciles, BBVA pone a tu disposición el Seguro BBVA Allianz Hogar, que ofrece 4 modalidades de protección para propietarios y 1 modalidad de protección para inquilinos, en función de las necesidades del cliente:
La protección básica incluye coberturas dentro de la modalidad “Esencial”, entre las que destacan:
- Incendio, explosión, humo y ruina total.
- Daños por agua y otros líquidos.
- Lluvia intensa, viento fuerte, inundación, rayo, pedrisco y exceso de nieve.
- Gastos de restauración estética.
- Gastos de desescombro, salvamento y tasa de bomberos.
- Vivienda de sustitución (respecto de la vivienda habitual).
- Pérdida de alquileres (respecto de la vivienda destinada al alquiler).
- Daños causados por robo al continente.
- Traslado temporal de bienes (solo para la vivienda habitual en la modalidad de inquilinos).
- Gastos de reposición de documentos privados (solo para vivienda habitual o secundaria).
- Asistencia a la vivienda.
- Servicios de Manitas (dependiendo de la modalidad contratada el número de servicios/horas varía).
- Asistencia Informática.
- Mantenimiento por uso y deterioro.
- Asesoramiento y protección jurídica.
- Asistencia telefónica para atender las consultas sobre mascotas y/o plantas.
Y, además, se cubre la Responsabilidad Civil:
- RC extracontractual como propietario de los bienes asegurados y del ámbito de la vida privada y familiar del asegurado.
- RC frente al personal doméstico por daños corporales en el desempeño de sus funciones.
- RC locativa por daños accidentales causados a la vivienda por el inquilino (solo para la modalidad de inquilinos).
Coberturas adicionales (en función de que la modalidad contratada sea ‘Más’ y ‘Más Seguridad’):
Si se contrata la modalidad ‘Más’
- Rotura de cristales, mármoles, loza sanitaria y vitrocerámicas.
- Ondas sónicas e impactos desde el exterior.
- Daños causados por la electricidad (subidas o bajadas de tensión de la red exterior de suministro, cortocircuitos de origen externo o caída de rayo).
- Daños a alimentos, medicamentos o fármacos refrigerados por avería del aparato o fallo del suministro eléctrico (por un tiempo que supere las 6 horas y solo para vivienda habitual o secundaria).
Si se contrata la modalidad ‘Más Seguridad’ (incluye las coberturas de la modalidad ‘Mas’ y también las siguientes)
- Robo en el interior de la vivienda asegurada.
- Atraco fuera de la vivienda (solo para la vivienda habitual).
- Uso fraudulento de tarjetas por sustracción o extravío (solo para la vivienda habitual).
- Daños al contenido (a causa de un robo o su intento).
- Sustitución de la cerradura (tras un robo de llaves).
- Daños a los bienes asegurados por actos de vandalismo causados por terceros.
Además, existe la conocida como “Cobertura Total” o protección superior, que además de todas las coberturas indicadas anteriormente, incluye:
- Todo riesgo accidental.
- Filtraciones por paredes y fachadas ocasionadas por lluvia intensa.
- Daños eléctricos (a causa de un cortocircuito interno).
- Sustitución de la cerradura (si se pierden las llaves).
- Sustracción de los bienes asegurados en la vivienda por parte de empleados.
- Daños o sustracción de los bienes asegurados durante su traslado o estancia temporal fuera de la vivienda (hasta 3 meses y solo para vivienda habitual).
- Desatasco preventivo (viviendas unifamiliares).
- Control de plagas.
A ellas, y en esta última modalidad, se une el Servicio Exprés, con el que acudiremos aún más rápido a tu hogar en caso de siniestro (devolviéndote la prima de ese año en la siguiente anualidad si no cumplimos los plazos).