Periodo de gracia

El periodo de gracia de un préstamo (como, por ejemplo, un préstamo rápido) es aquel en el que el deudor no tiene que hacer frente a sus cuotas mensuales, es decir, no abona ni los intereses ni el capital que le corresponde devolver. Este periodo de gracia ha de estar consensuado por ambas partes (prestamista y prestatario) y debe constar en el contrato del préstamo.

Este periodo de gracia que se concede al deudor, a largo plazo, le supone un coste. Y es que, si bien es cierto que durante su vigencia no ha de realizar ningún desembolso, los intereses que el préstamo genera se van acumulando. Así, y una vez este termine, la cuota mensual será más elevada de lo que hubiese sido de abonarse regularmente desde su concesión. Por ello, y antes de optar por él, es bueno pararse y pensarlo bien.