Plan de Previsión Asegurado BBVA
Acumularás un ahorro para tu jubilación
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Garantía de interés.
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Aportación mínima de 600 €.
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Misma fiscalidad que los planes de pensiones.
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Plazo inicial a tu elección.
¿A quién se dirige?
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A todas las personas, entre 18 y 75 años, que deseen complementar su pensión por jubilación a través de un plan de ahorro y obtener desgravaciones fiscales.
¿Qué ventajas te ofrece?
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- Garantía de interés.
- Puedes designar los beneficiarios que desees en caso de fallecimiento.
- Misma fiscalidad que los planes de pensiones.
¿Cómo funciona?
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Contratación
- Para contratarlo debes hacer una aportación inicial mínima de 600 € mediante un ingreso o traspaso desde otro plan de previsión asegurado o plan de pensiones.
- Puedes hacer las aportaciones extraordinarias que desees, con el límite existente de 1500 € al año. Este límite se comparte entre todos los planes de pensiones y de previsión de los que seas titular.
- Cada aportación tendrá una rentabilidad garantizada propia, es decir, cada vez que hagas una aportación, se comunicará el Tipo de Interés Técnico que aplica a esa aportación y el periodo de tiempo durante el que se aplica.
- Cobertura en caso de fallecimiento: los beneficiarios recibirán el 101% de la aportación o valor acumulado a la última fecha de renovación capitalizada al Tipo de Interés Técnico Garantizado.
Plazo inicialPlazo inicial a tu elección entre 1 y 15 años, según tu edad en el momento de contratación.
Un mes antes del vencimiento del periodo inicial, te comunicaremos el nuevo tipo de interés técnico garantizado para que decidas si quieres:
- Renovar el contrato al nuevo plazo comunicado por BBVA Seguros.
- Traspasarlo a otro PPA, PPI o PPSE.
- En caso de cumplir los requisitos de las contingencias de jubilación o algún supuesto excepcional de liquidez podrás disponer del valor garantizado.
DisponibilidadEste producto es ilíquido hasta el momento de la jubilación. Aunque el asegurado podrá disponer anticipadamente, en su totalidad o en parte, si sufre incapacidad, enfermedad grave o desempleo de larga duración, cuando la aportación realizada tuviese al menos diez años de antigüedad, en los términos que se establezcan en la normativa vigente o en cualquier otro supuesto previsto expresamente por la normativa vigente en cada momento.
No obstante, si se ejercitase el derecho de movilización, se diese algunos de los supuestos excepcionales de liquidez o de las coberturas aseguradas, según las condiciones del mercado, el valor a movilizar o a percibir puede resultar inferior a las primas aportadas, al existir una eventual diferencia entre el valor de mercado de los activos afectos y el importe de la Provisión Matemática, pudiéndose producir pérdidas en el momento del rescate respecto a las primas aportadas.
¿Qué requisitos son necesarios para contratar el seguro?
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- Ser titular de una cuenta BBVA.
- Si no tienes ninguna cuenta abierta en BBVA, puedes abrir una. Pregúntanos sobre las cuentas que tenemos disponibles y sus condiciones.
- Tener entre 18 y 75 años. La edad máxima de permanencia es hasta los 80 años.
Puedes anular el contrato durante los 15 días siguientes a la contratación.
- Ser titular de una cuenta BBVA.
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- Trabajamos para hacerte la vida un poco más fácil con nuestras soluciones digitales.
- Creemos en una forma de hacer las cosas transparente, clara y responsable.