¿Qué es el modelo 143?
¿Para qué sirve el modelo 143?
¿Quién puede acceder a esta deducción (presentando el modelo 143)?
Tienen derecho a esta deducción por familia numerosa o por tener a cargo a personas con discapacidad, rellenando el modelo 143, aquellos que:
- Sean ascendientes o hermanos huérfanos (de padre y madre) y formen parte de una familia numerosa.
- Sean una familia monoparental con, mínimo, dos hijos (y no perciban una pensión alimenticia).
- Tengan a su cargo uno o varios ascendientes o descendientes con discapacidad.
¿Y se tienen que cumplir unos requisitos?
Para que no se desestime la solicitud del modelo 143, hay que disponer de:
- Título de familia numerosa en vigor: lo emite la Comunidad Autónoma en la que se resida.
- NIF del solicitante (o solicitantes) y del resto de miembros de la familia numerosa y/o los ascendientes o descendientes.
También tiene que darse, como mínimo, una de las siguientes condiciones:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social (o una Mutualidad) por realizar una actividad por cuenta propia o ajena (y cotizar los plazos mínimos exigidos).
- Percibir las prestaciones contributivas o asistenciales del SEPE.
- Percibir las pensiones que abona la Seguridad Social (o por ser clase pasiva).
- Percibir una o varias prestaciones (similares a las del punto anterior) de mutualidades de previsión alternativas (por ser un profesional y no estar en el RETA).
¿Cómo se puede presentar el modelo 143?
Hay 2 modalidades de presentación del modelo 143: individual o colectiva.
Individual
La presenta un único solicitante, al que se le abona una cantidad que resulta de dividir el importe que proceda (por ejemplo, 100 €) entre el número de contribuyentes con derecho al mínimo por el mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa.
Por ejemplo, si un padre y una madre tienen derecho a esta deducción, ambos lo pueden presentar individualmente y obtendrán, de los 100 €, el 50% cada uno (50 €).
Colectiva
La presentan todos los solicitantes con derecho a la deducción, los cuales eligen a un “representante” (que figurará como primer solicitante) que cobrará mensualmente, y por trasnferencia, un importe de 100 € por familia numerosa, descendiente o ascendiente incapacitado (200 € si es familia numerosa de categoría especial).
Por ejemplo, si un padre y una madre tienen derecho a esta deducción, ambos lo pueden presentar conjuntamente (es decir, en un único documento del modelo 143). Si se pone a la madre como primer solicitante, esta será la que reciba en su cuenta el 100% del dinero (100 €) de la deducción.
¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 143?
El modelo 143, a diferencia de otros, no tiene un plazo en el que ser presentado. Es decir, no hay unas fechas establecidas en las que tiene que rellenarse y entregarse en Hacienda, pudiendo hacerse en el momento que se desee (y siempre, claro está, que se cumplan los requisitos que se han expuesto al inicio de este artículo).
¿Y de qué forma se puede presentar el modelo 143?
Son 3 las vías de presentación del modelo 143:
- Telemática: si se tiene el certificado digital (o cualquier otro sistema de identificación telemática), desde la página web de la AEAT se puede rellenar el modelo 143 y presentarlo ‘online’.
- Telefónica: otra opción, para presentar el modelo 143, es llamar al 901 200 345 (número que corresponde a la Atención Telefónica de la Agencia Tributaria).
- Presencial: por último, y tras descargar el modelo 143 y cumplimentarlo, se puede acudir a una delegación de Hacienda a entregarlo.
¿Cómo rellenar el modelo 143 (para Hacienda)?
- Añadir los datos personales del solicitante (nombre, DNI, domicilio fiscal, etc.) en las individuales y solo del primer solicitante en las colectivas, (incluyendo el régimen de la Seguridad Social o la Mutualidad).
- Indicar el tipo de deducción (familia numerosa, ascendientes o descendientes con discapacidad, etc.).
- Especificar la modalidad (individual o colectiva).
- Incluir los datos del solicitante (en las individuales) y solo del primer solicitante (en las colectivas), incluyendo el régimen (de la Seguridad Social o la Mutualidad).
- Incorporar los datos del resto de solicitantes (solo en las colectivas).
- Indicar el código IBAN de la cuenta en la que se vaya a abonar la deducción.
- Añadir la información adicional que se requiera de la familia numerosa o, en su lugar, de los ascendientes o descendientes que se incluyen en el modelo 143.
Una vez se ha cumplimentado el modelo de solicitud, y según la opción elegida, se presenta a la Agencia Tributaria. Tras su aceptación, se empieza a percibir la deducción del IRPF por familia numerosa y/o por tener a cargo una o varias personas (ya sean ascendientes o descendientes) con discapacidad.
¿Hay que notificar si se producen cambios en la información que se indica en el modelo 143?
Sí, hay que hacerlo en los 15 días posteriores a la modificación, que puede ser:
- Fallecimiento del beneficiario de las deducciones.
- Cambio en el régimen de la Seguridad Social o Mutualidad o, también, por causar baja en ellos (por un despido, por ejemplo).
- Cambio de residencia (solo si es al extranjero o, también, al País Vasco o Navarra, estás últimas porque tienen las competencias fiscales transferidas y una normativa propia al respecto).
- Baja de un descendiente o ascendiente (por fallecimiento, por pérdida de la condición de discapacitado, etc.).
- Cambio de la modalidad de abono anticipado (solo posible en el mes de enero).
Modelo 143: ¿cuándo y cuánto se cobra (tras presentarlo)?
La deducción que se solicita, presentando el modelo 143, se percibe tras la aprobación de Hacienda y por una de estas 2 vías:
- En un único pago (en los meses de abril, mayo o junio).
- En 12 mensualidades.
Respecto a la cantidad a cobrar, es variable y depende del tipo de familia y/o la situación que se tenga. Os indicamos las cantidades en la siguiente tabla:
Categoría de la deducción |
Importe anual (máximo) |
Periodicidad del abono (máxima) |
|---|---|---|
| Categoría de la deducción
Familia numerosa (general) |
Importe anual (máximo)
1.200 €/año * |
Periodicidad del abono (máxima)
100 €/mes |
| Categoría de la deducción
Familia numerosa (especial) |
Importe anual (máximo)
2.400 €/año (por cada hijo menor de 3 años) * |
Periodicidad del abono (máxima)
200 €/mes |
| Categoría de la deducción
Familia monoparental o monomarental con dos hijos |
Importe anual (máximo)
1.200 € |
Periodicidad del abono (máxima)
100 €/mes |
| Categoría de la deducción
Descendiente con discapacidad |
Importe anual (máximo)
1.200 € (por descendiente) |
Periodicidad del abono (máxima)
100 €/mes |
| Categoría de la deducción
Ascendiente con discapacidad |
Importe anual (máximo)
1.200 € (por ascendiente) |
Periodicidad del abono (máxima)
100 €/mes |
¿Se puede ceder el derecho a la deducción (solicitado con el modelo 143)?
Preguntas frecuentes sobre el modelo 143
¿Quién puede presentar el modelo 143?
Pueden hacerlo los padres y madres de familias numerosas (con título en vigor), hermanos huérfanos que formen parte de una familia numerosa, personas con uno o varios ascendientes o descendientes con discapacidad y familias monoparentales (o monomarentales) con un mínimo de dos hijos.
¿De qué forma/s se puede presentar el modelo 143?
Se puede hacer a título individual (un único solicitante, al que se le abona un importe que resulta de la división de la cantidad prevista entre el número de contribuyentes con derecho a la deducción) o colectiva (varios solicitantes, con uno de referencia que percibe la cantidad totalidad de la deducción).
¿Existe un plazo para presentar el modelo 143?
No, se puede presentar en cualquier momento (y siempre que se cumplan los requisitos).
¿Cuáles son las vías para solicitar la deducción (mediante el modelo 143)?
Son 3: telemática (desde la página web de la AEAT), telefónica (llamando al 901 200 345) o presencial (en una delegación de Hacienda).
¿Cómo se cobra la deducción solicitada con el modelo 143?
Puede percibirse en una sola vez (en abril, mayo o junio) o en 12 mensualidades.