¿El seguro de hogar cubre las reclamaciones de los daños ocasionados por mascotas?

El seguro de hogar puede cubrir las reclamaciones de los daños ocasionados por mascotas, principalmente a través de la cobertura de Responsabilidad Civil (RC), aunque la amplitud de esta protección va a depender de las condiciones que se establezcan en la póliza.

Si bien es cierto que tener un animal de compañía en casa es en muchos aspectos beneficioso, puede que estos lleguen a causar algún incidente.  

Si esto ocurre, uno de los pasos a dar a la hora de solucionarlo es revisar si el seguro de hogar incluye la cobertura para reclamaciones por los daños ocasionados de las mascotas, ya que, de ser así, se hará cargo de todo lo relacionado con la problemática sufrida.

En este artículo, y en detalle, se explicará esta casuística y se profundizará en las coberturas que se suelen incluir, las exclusiones y el motivo por el que es recomendable, o no, que se añada esta “protección” a un seguro de hogar.

¡Descubre el Seguro Vivienda BBVA Allianz!

Y haz de tu hogar un lugar seguro.

¿El seguro de hogar puede cubrir las reclamaciones de los daños ocasionados por mascotas?

La respuesta es: sí, el seguro sí puede cubrir las reclamaciones de los daños que, por ejemplo, produzca un perro o un gato a un tercero, aunque es cierto que esta cobertura va a depender de lo incluido en la póliza.

Normalmente, esta cobertura del seguro de hogar para mascotas se incorpora en la correspondiente a la RC (Responsabilidad Civil), diseñándola para hacer frente a los daños que cause el tomador (o los miembros de la unidad familiar, incluyendo las mascotas) a terceros

Hay que destacar lo siguiente: la RC solo cubre los daños a terceros o a sus bienes, nunca los propios. Es decir, si una mascota destroza el sofá propio o araña el suelo de la casa, no se hará cargo.

De igual modo, y al ser una parte del contenido de la vivienda, si no es el animal el que ocasiona el incidente y sí un damnificado por él, el seguro de hogar se hará cargo de lo que necesite (siempre, eso sí, en base a lo estipulado en el contrato)

¿El seguro de hogar incluye al perro en sus coberturas?

Al ser la mascota más común en los hogares españoles, es normal que uno se pregunte si el seguro de hogar incluye al perro, de manera automática, en su cobertura de RC

Lo habitual es que el seguro de hogar incluya la protección a los animales en sus coberturas básicas, aunque hay aseguradoras que los ofrecen a modo de suplemento o como parte de un pack específico (dentro del seguro de hogar), siendo necesaria la comprobación en cada caso (así como la revisión de los límites que se aplicarán).

Eso sí, hay algunas compañías que excluyen a ciertas razas que son consideradas como potencialmente peligrosas (las llamadas ‘ppp’), entre las que se encuentran el Pit Bull Terrier o el Rottweiler, entre otros).

¿Y a otras mascotas?

La mayoría de las pólizas de hogar incorporan en la cobertura de Responsabilidad Civil a cualquier animal de compañía (no solo al perro) que pueda causar un daño a terceros (lo que incluye, por ejemplo, a los gatos, a los pájaros o a los hamsters), aunque la contratación de un seguro de RC para estos animales no sea obligatoria (como sí lo es en el caso de los perros). La clave es que el animal cumpla con la definición de ‘animal de compañía’.

Se suelen excluir, en muchos casos, a los animales exóticos o a los que se consideran peligrosos. Ante la duda, es bueno que se consulte a la aseguradora.

¿Cuál es la cobertura de los seguros de hogar ante los daños por mascotas?

No todas las aseguradoras, y sus pólizas, ofrecen el mismo nivel de protección

Una cobertura que siempre se añade a un seguro de hogar, en relación a las mascotas, es la ya comentada de Responsabilidad Civil (aunque pueden variar sus especificidades de una aseguradora a otra).

Esta se hace cargo de los daños materiales y corporales causados por el animal a un tercero. Por ejemplo, si un perro rompe la tubería de un vecino con sus excavaciones, la compañía de seguros se hará cargo (eso sí, hasta el límite que se establezca en el contrato). 

Además, y ya nos referimos a las modalidades de seguro de hogar más completas (o con un suplemento de mascotas), pueden incluir coberturas adicionales, en algunos casos, llegando a proporcionar una protección integral para el animal.

Coberturas adicionales que puede incluir el seguro de hogar (para mascotas)

En esta tabla se explican algunas de las coberturas del seguro de hogar para mascotas más habituales: 

Cobertura

¿Qué protege?

Cobertura

Defensa jurídica y fianzas

¿Qué protege?

Se hace cargo de los costes legales en caso de una reclamación o denuncia por daños

Cobertura

Gastos veterinarios por accidente o enfermedad

¿Qué protege?

Cubre tratamientos, cirugías o coste de las medicinas que necesite el animal

Cobertura

Robo o extravío

¿Qué protege?

Ofrece una indemnización si la mascota es robada o se pierde. Incluye los gastos de búsqueda

Cobertura

Sacrificio necesario y eliminación de restos

¿Qué protege?

Abona los gastos en caso de que sea imprescindible la aplicación de este procedimiento (por una enfermedad grave del animal)

Cobertura

Estancia en residencia o contratación de un cuidador

¿Qué protege?

Proporciona cobertura si el propietario sufre un accidente y no puede hacerse cargo del animal temporalmente


¿Cuál es el coste de añadir a la mascota en el seguro de hogar?

Como en cualquier otro seguro, el precio de incluir en el seguro de hogar a una mascota es variable, es decir, no existe un importe fijo y único para este tipo de casos. 

Dependerá, en gran medida, de aspectos como el tipo de animal (y su raza, en el caso de los perros) y la edad del mismo, el nivel de cobertura que se quiera contratar y la aseguradora con la que se adquiera.

Así, si únicamente se requiere de la cobertura de Responsabilidad Civil, obligatoria en algunos casos por ley, la prima del seguro de hogar será más económica que si, adicionalmente, se añade alguna de las mencionadas en el apartado anterior.

¿Existen condiciones a la hora de incluir en el seguro de hogar a las mascotas?

Efectivamente, no basta con decir que tienes una mascota; las aseguradoras imponen una serie de requisitos y condiciones para que la cobertura sea efectiva. Si se incumple alguna de ellas, la compañía puede rechazar el pago en caso de siniestro.

Hay seguros de hogar, por ejemplo, que solo permiten añadir un tipo de animal en la póliza (normalmente, los perros), no pudiéndose incorporar ningún otro. Otras, y esto es más común, no admiten a los perros potencialmente peligrosos (PPP) e, incluso, solo llegan a autorizar a animales que sean domésticos. Por último, la práctica totalidad de los seguros de hogar solo aceptan a los animales que “habitan” en la vivienda que se protege con la póliza.

Caso aparte son los límites. En todos los contratos los hay, más altos o más bajos, y deben estar especificados al detalle, de forma que el tomador sepa y entienda, por ejemplo, que el servicio se presta en ciertos accidentes, pero no en todos, y/o hasta unos costes económicos determinados.

¿Por qué es bueno incluir en el seguro de hogar a las mascotas?

Incluir en el seguro de hogar a un perro, o a cualquier otra mascota, es una decisión que, en ocasiones, es legalmente ineludible, pero siempre es recomendable para garantizar la tranquilidad y la protección del ser humano y la mascota.

Y es la primera, precisamente, la principal ventaja, sobre todo en lo económico, ya que los accidentes son inevitables, pero si los costes que derivan de ellos. Además, y como se ha advertido, tener un seguro de hogar que cubra a las mascotas le proporciona al tomador una protección legal que quizás necesite en el futuro. Y es que, si es demandado por los daños causados por el animal, la aseguradora se encargará de los gastos de la defensa jurídica.

Ejemplos claros y sencillos de cobertura del seguro

Para entender bien la manera de actuar de la cobertura para mascotas del seguro de hogar, se van a plantear 3 escenarios:

1. Daños materiales a terceros

Juan está paseando a su perro por el parque y, de repente, este se escapa, se acerca a una cafetería y muerde una de sus mesas.

Actuación del seguro de hogar: El seguro de hogar, a través de su cobertura de Responsabilidad Civil, se hará cargo de los daños de la mesa (al ser, la mascota, la causante del incidente) y del coste de reparación de su reparación o sustitución. El límite, en cada caso, lo marca el capital que se haya contratado en la póliza (para este tipo de casos).

2. Daños personales causados por el animal

Juan está de visita en casa de un amigo. En un momento, su perro se asusta con un ruido fuerte y repentino y sale corriendo, golpeando con fuerza a uno de los invitados que cae en mala postura, lesionándose la rodilla.

Actuación del seguro: la RC del seguro de hogar, al incluir a la mascota, cubre una posible indemnización por las lesiones o secuelas causadas (siempre que el incidente se considere como accidental), pudiendo tener un límite inferior a los daños ocasionados.

3. Exclusión de daños propios

Juan vuelve a casa del trabajo y descubre que su cachorro ha destrozado el rodapié de madera del salón y se ha comido los cables de su ordenador. Los daños ascienden a 800 €.

Actuación del seguro: en este caso, el seguro de hogar (incluso si es muy completo) no cubrirá la reparación, ya que la Responsabilidad Civil solo se hace cargo de daños a terceros.

¿Necesitas un seguro de hogar?

Si buscas un seguro de hogar que esté a tu lado, sobre todo en los momentos difíciles, BBVA pone a tu disposición el Seguro BBVA Allianz Hogar, que ofrece 4 modalidades de protección para propietarios y 1 modalidad de protección para inquilinos, en función de las necesidades del cliente:

La protección básica incluye coberturas dentro de la modalidad “Esencial”, entre las que destacan:

  • Incendio, explosión, humo y ruina total.
  • Daños por agua y otros líquidos.
  • Lluvia intensa, viento fuerte, inundación, rayo, pedrisco y exceso de nieve.
  • Gastos de restauración estética.
  • Gastos de desescombro, salvamento y tasa de bomberos.
  • Vivienda de sustitución (respecto de la vivienda habitual).
  • Pérdida de alquileres (respecto de la vivienda en alquiler).
  • Daños causados por robo al continente.
  • Traslado temporal de bienes (respecto de la vivienda habitual para inquilinos).
  • Gastos de reposición de documentos privados.
  • Asistencia a la vivienda.
  • Servicios de Manitas (dependiendo de la modalidad contratada el número de servicios/horas varía).
  • Asistencia Informática.Mantenimiento por uso y deterioro.
  • Defensa Jurídica.
  • Asistencia telefónica para atender las consultas sobre mascotas y/o plantas.

Y, además, se cubre la Responsabilidad Civil:

  • RC extracontractual como propietario de los bienes asegurados y del ámbito de la vida privada y familiar del asegurado.
  • RC frente al personal doméstico por daños corporales en el desempeño de sus funciones.
  • RC locativa por daños accidentales causados a la vivienda por el inquilino.

Coberturas adicionales (en función de que la modalidad contratada sea ‘Más’ y ‘Más Seguridad’): 

Si se contrata la modalidad ‘Más’

  • Rotura de cristales, mármoles, loza sanitaria y vitrocerámicas.
  • Ondas sónicas e impactos desde el exterior.
  • Daños causados por la electricidad.
  • Daños a alimentos, medicamentos o fármacos refrigerados por avería del aparato o fallo del suministro eléctrico (por un tiempo que supere las 6 horas).

Si se contrata la modalidad ‘Más Seguridad’

  • Robo en el interior de la vivienda asegurada.
  • Atraco fuera de la vivienda (solo para la vivienda habitual).
  • Uso fraudulento de tarjetas por sustracción o extravío (solo para la vivienda habitual).
  • Daños al contenido (a causa de un robo o su intento).
  • Sustitución de la cerradura (tras un robo de llaves).
  • Daños a los bienes asegurados por actos de vandalismo causados por terceros.

Además, existe la conocida como “Cobertura Total” o protección superior, que además de todas las coberturas indicadas anteriormente, incluye:

  • Todo riesgo accidental.
  • Filtraciones por paredes y fachadas ocasionadas por lluvia intensa.
  • Daños eléctricos (a causa de un cortocircuito interno).
  • Sustitución de la cerradura (si se pierden las llaves).
  • Sustracción de los bienes asegurados en la vivienda por parte de empleados.
  • Daños o sustracción de los bienes asegurados durante su traslado o estancia temporal fuera de la vivienda (hasta 3 meses).
  • Desatasco preventivo (viviendas unifamiliares).
  • Control de plagas.

A ellas, y en esta última modalidad, se une el Servicio Exprés, con el que acudiremos aún más rápido a tu hogar en caso de siniestro (devolviéndote la prima de ese año en la siguiente anualidad si no cumplimos los plazos).