Es importante proteger la apariencia tanto del exterior como del interior de una vivienda, a lo que puede ayudar el seguro de hogar y, más con concreto, su cobertura de daños estéticos.
Esta se explica en detalle en este artículo, junto a lo que se considera un daño estético y lo que no (importante a la hora de saber si se está cubierto por este tipo de pólizas), cuándo se puede utilizar y cuáles son los pasos a seguir para hacerlo.
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¿Qué son los daños estéticos del seguro de hogar?
Los daños estéticos son aquellos que afectan a la apariencia externa o interna de la casa, pero no a su funcionalidad y/o estructura básica.
En concreto, esta cobertura garantiza los gastos para restablecer la continuidad estética de los bienes afectados por un siniestro.
¿Cubre el seguro de hogar los daños estéticos?
¿Cómo se determinan los daños estéticos?
Normalmente, se trata de un daño estético si, como se ha indicado, afecta a la apariencia visual de la vivienda (ya sea al continente y/o al contenido de la misma) y tendrá cobertura si dicho daño se deriva de un siniestro cubierto en póliza.
Ejemplo de daño estético a una vivienda
Se rompe una tubería de la cocina y, para arreglarla, hay que levantar el suelo.
Si bien es cierto que el fontanero va a solucionar el incidente de la tubería, se origina uno nuevo ya que, como no se fabrican las baldosas que lleva, el suelo no queda uniforme.
Si esto ocurre, y se dispone de cobertura de daños estéticos en el seguro de hogar, este se encargará de solucionarlo (reponiendo los baldosines, de forma que el suelo recupere la uniformidad que tenía previamente)
¿Puedo usar siempre la cobertura de daños estéticos del seguro de hogar?
No siempre se puede utilizar la cobertura de daños estéticos, siendo necesario que se revise, primero, en qué condiciones es aplicable y, segundo, las correspondientes excepciones o exclusiones que se incluyen en el contrato de la póliza.
¿Cuáles son las exclusiones más comunes?
Existen varias casuísticas en las que se debe descartar el uso de la cobertura de daños estéticos:
- No derivar de un daño que esté cubierto por la póliza.
- Desgaste normal (por el paso del tiempo) o que se deba al envejecimiento de la casa.
- Daños que sean previos a la contratación del seguro de hogar o al siniestro.
- Daños que sean malintencionados (tanto si los produce el dueño o un tercero).
- Daños que sean consecuencia de un mal mantenimiento.
Además, es posible que existan una serie de limitaciones en la póliza del seguro de hogar que restrinjan su uso, por ejemplo, a estancias en particular o a una cuantía concreta.
¿Cómo se realiza la reclamación por daños estéticos en el seguro de hogar?
El proceso a seguir a la hora de reclamar al seguro de hogar, por daños estéticos, es sencillo:
- Documentar el incidente (fotografías, vídeos, etc.).
- Ponerse en contacto con la aseguradora.
- Entregar las evidencias recabadas (puede que la aseguradora, junto a ellas, solicite alguna otra, adicionalmente).
- Rellenar el formulario de forma precisa y completa.
- Esperar a la resolución.
- Estudiarla, una vez se facilite, para entender lo que esta implica (y poder resolver las dudas que se tengan).
¿Por qué es importante que se disponga de cobertura de daños estéticos en el seguro de hogar?
Además de ayudar a la preservación del estado original de la vivienda y su continuidad estética, la cobertura de daños estéticos es un respaldo a la hora de mantener el valor de mercado que esta tiene (por si, en algún momento, quiere venderse o alquilarse).
También evita que estos, por no haberse resuelto a tiempo, puedan derivar en otros mayores en el futuro (que sumen un gasto adicional a la economía familiar o personal).
Pero, sobre todo, es una cobertura que da la tranquilidad de saber que si se produce un incidente de este tipo, se contará con el respaldo necesario para ponerle solución.
¿Necesitas un seguro de hogar?
Si buscas un seguro de hogar que esté a tu lado, sobre todo en los momentos difíciles, BBVA pone a tu disposición el Seguro BBVA Allianz Hogar, que ofrece 4 modalidades de protección para propietarios y 1 modalidad de protección para inquilinos, en función de las necesidades del cliente:
La protección básica incluye coberturas dentro de la modalidad “Esencial”, entre las que destacan:
- Incendio, explosión, humo y ruina total.
- Daños por agua y otros líquidos.
- Lluvia intensa, viento fuerte, inundación, rayo, pedrisco y exceso de nieve.
- Gastos de restauración estética.
- Gastos de desescombro, salvamento y tasa de bomberos.
- Vivienda de sustitución (respecto de la vivienda habitual).
- Pérdida de alquileres (respecto de la vivienda en alquiler).
- Daños causados por robo al continente.
- Traslado temporal de bienes (respecto de la vivienda habitual para inquilinos).
- Gastos de reposición de documentos privados.
- Asistencia a la vivienda.
- Servicios de Manitas (dependiendo de la modalidad contratada el número de servicios/horas varía).
- Asistencia Informática.Mantenimiento por uso y deterioro.
- Defensa Jurídica.
- Asistencia telefónica para atender las consultas sobre mascotas y/o plantas.
Y, además, se cubre la Responsabilidad Civil:
- RC extracontractual como propietario de los bienes asegurados y del ámbito de la vida privada y familiar del asegurado.
- RC frente al personal doméstico por daños corporales en el desempeño de sus funciones.
- RC locativa por daños accidentales causados a la vivienda por el inquilino.
Coberturas adicionales (en función de que la modalidad contratada sea ‘Más’ y ‘Más Seguridad’):
Si se contrata la modalidad ‘Más’
- Rotura de cristales, mármoles, loza sanitaria y vitrocerámicas.
- Ondas sónicas e impactos desde el exterior.
- Daños causados por la electricidad.
- Daños a alimentos, medicamentos o fármacos refrigerados por avería del aparato o fallo del suministro eléctrico (por un tiempo que supere las 6 horas).
Si se contrata la modalidad ‘Más Seguridad’
- Robo en el interior de la vivienda asegurada.
- Atraco fuera de la vivienda (solo para la vivienda habitual).
- Uso fraudulento de tarjetas por sustracción o extravío (solo para la vivienda habitual).
- Daños al contenido (a causa de un robo o su intento).
- Sustitución de la cerradura (tras un robo de llaves).
- Daños a los bienes asegurados por actos de vandalismo causados por terceros.
Además, existe la conocida como “Cobertura Total” o protección superior, que además de todas las coberturas indicadas anteriormente, incluye:
- Todo riesgo accidental.
- Filtraciones por paredes y fachadas ocasionadas por lluvia intensa.
- Daños eléctricos (a causa de un cortocircuito interno).
- Sustitución de la cerradura (si se pierden las llaves).
- Sustracción de los bienes asegurados en la vivienda por parte de empleados.
- Daños o sustracción de los bienes asegurados durante su traslado o estancia temporal fuera de la vivienda (hasta 3 meses).
- Desatasco preventivo (viviendas unifamiliares).
- Control de plagas.
A ellas, y en esta última modalidad, se une el Servicio Exprés, con el que acudiremos aún más rápido a tu hogar en caso de siniestro (devolviéndote la prima de ese año en la siguiente anualidad si no cumplimos los plazos).