que recibos se pueden domiciliar

Domiciliar el IBI en Madrid y otras ciudades de España

Descubre cómo puedes domiciliar el IBI en Madrid (y el resto de municipios españoles), haciendo este proceso más rápido y sencillo.

Olvidarte de las fechas de pago, prescindir de las gestiones presenciales y asegurarte de que el impuesto no genera recargos, son tres ventajas que puede brindarte la domiciliación del IBI en tu localidad. Además, domiciliar el IBI en Madrid y otras ciudades de España puede darte acceso a disfrutar de un descuento sobre la cuantía de este tributo.

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles o IBI, por sus siglas, es un gravamen directo de recaudación local que obliga a las personas propietarias de una vivienda, una plaza de garaje, un local comercial o una finca rústica a pagar una tasa anual por el simple hecho de tener la propiedad de estos inmuebles. Cada ayuntamiento fija el importe final del tributo y los plazos para efectuar su abono. 

En este artículo, descubrirás todo lo que necesitas saber acerca del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (sus principales características, bonificaciones y exenciones), y cómo puedes domiciliar el IBI en Madrid y otros grandes municipios españoles, así como el resto de tus recibos, ingresos recurrentes y transferencias periódicas (estos últimos, con el Servicio Cambio de Banco). ¡No dejes de leer! 

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Domiciliar el IBI en Madrid: ¿en qué consiste este impuesto?

Al comprar una propiedad adquieres el imperativo legal de inscribirla en la Dirección General del Catastro y de proceder al pago anual del IBI. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, como su propio nombre indica, consiste en un tributo que grava la titularidad de los bienes inmuebles ubicados en una localidad. Por ello, el IBI se engloba dentro de las tasas municipales y son los ayuntamientos las entidades encargadas de cobrarlo. 

No obstante, ciertas edificaciones se hallan exentas de tributar el IBI. Como ejemplo tenemos los inmuebles propiedad de las administraciones públicas, las sedes de organismos oficiales, las embajadas de países extranjeros, los terrenos donde se han construido líneas de tren y ferrocarril, los monumentos que forman parte del Patrimonio Histórico Español, los bienes propiedad de la Iglesia y de asociaciones no católicas reconocidas (por ejemplo, la Cruz Roja).

Hay determinados inmuebles que abonan el IBI pero que, a su vez, gozan de bonificaciones debido a que, entre otras razones, son viviendas de protección oficial (con una reducción del 50% de la tasa del IBI durante los tres primeros años), inmuebles rústicos propiedad de cooperativas agrarias (con un IBI bonificable hasta el 95%) o porque las personas titulares conforman una familia numerosa (no se subvenciona en todas las localidades).

¿Cómo se calcula el IBI en Madrid y otras ciudades de España?

Para el cálculo del IBI en Madrid y otros municipios españoles, se toma como referencia el valor catastral del inmueble, que se encuentra condicionado por dos aspectos: el valor catastral del suelo y de las construcciones allí edificadas. En otras palabras, cuando se trata de estimar el valor catastral de un inmueble, se tienen en cuenta principalmente factores como el valor que posee hoy en día el suelo o el inmueble dentro del mercado inmobiliario, su localización geográfica, las características urbanísticas del terreno, los años de antigüedad de la construcción y cuál ha sido su coste material. 

A partir de esta cifra, los consistorios fijan un tipo aplicable a cada inmueble y, de cara a establecer dicho tipo final, emplean unos coeficientes estatales delimitados en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

¿Cómo domiciliar el IBI en Madrid?

Pese a que cada ayuntamiento cuenta con su propia operativa, el pago anual del IBI, por regla general, se puede llevar a cabo en la oficina de recaudación municipal o mediante transferencia bancaria. Como ya se apuntaba anteriormente, domiciliar el IBI comporta beneficios. Con este método, evitas gestiones presenciales y ahorras tiempo, puesto que la tasa del IBI se carga directamente en tu cuenta bancaria cuando llega el momento del abono, lo cual también garantiza que nunca se te olvidará realizar este pago ni incurrirás en penalizaciones posteriores.

Asimismo, la domiciliación del IBI te ofrece la posibilidad de fragmentar el impuesto en varios pagos. Algunas localidades, como es el caso de Madrid, incentivan la domiciliación del IBI concediendo descuentos en la tasa a quienes se decantan por esta modalidad. En concreto, domiciliar el IBI en Madrid y escoger la alternativa de Pago a la Carta o PAC puede suponer una bonificación del 5% de la tasa (con un máximo de 70 euros por recibo) y la división del cargo en hasta nueve plazos.

Si bien los pasos necesarios para domiciliar el cargo de este tributo pueden cambiar de un municipio a otro, habitualmente existen tres canales a través de los que ordenar la domiciliación del IBI (también en Madrid): 

- Teléfono: llamando al número de teléfono gratuito de atención a la ciudadanía 010 ( o el 915 298 210, tanto dentro como fuera de Madrid).

- Internet: a través del portal de gestiones telemáticas del Ayuntamiento de Madrid.

- Presencial: solicitando cita previa en una de las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC) o en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía - Línea Madrid.

Con independencia de la forma de contacto preferida, el titular de la cuenta bancaria donde se repercutirá el impuesto deberá siempre ser quien solicite la domiciliación del IBI. Entre la información requerida por los consistorios para este trámite, suelen aparecer los datos de la persona titular del último recibo (lo que incluye el identificador, la referencia catastral y la dirección postal del inmueble), los datos de dicho recibo, los bancarios y los datos a efectos de notificación.

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¿Se puede domiciliar el IBI en Barcelona?

Sí, el Ayuntamiento también deja domiciliar el IBI en Barcelona. De hecho, el consistorio barcelonés fracciona el Impuesto sobre Bienes Inmuebles en cuatro cobros a las personas que eligen esta modalidad de pago. En 2021, las fechas de cargo en cuenta del IBI para domiciliaciones serán los días 3 de marzo, 3 de junio, 3 de septiembre y 3 de diciembre.

Además, domiciliar el IBI en Barcelona se puede hacer en los quioscos de trámites y servicios, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC), visitando la página web del ayuntamiento o llamando al teléfono gratuito 010 (el número 931 537 010 cuando te encuentres fuera del área metropolitana de Barcelona).

¿Cuál es la manera de domiciliar el IBI en Sevilla?

Tres son las alternativas para domiciliar el IBI en Sevilla: 

- Vía bancaria: por este cauce, el propietario del inmueble ha de solicitar a su banco que emita, ante la Agencia Tributaria de Sevilla, una propuesta de domiciliación del IBI para el curso presente y posteriores. Así el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles se domiciliará automáticamente, evitando de este modo cualquier gestión adicional relativa al proceso de domiciliación.

- Internet: el interesado también puede pedir la domiciliación de este tributo recurriendo a la página web del Ayuntamiento de Sevilla. En cuanto resulta aprobada la solicitud, el propietario del inmueble deberá notificar la nueva domiciliación a su entidad bancaria.

- Presencial: visitando una de las Oficinas de Atención al Contribuyente de Sevilla.

¿A través de qué canales se puede pedir la domiciliación del IBI en Valencia?

En esta misma línea, la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia también ofrece a sus ciudadanos la opción de domiciliar el pago del IBI de manera telemática. Sin embargo, si se prefiere realizar el trámite de modo presencial, se ha de solicitar cita previa en la Oficina de Gestión Tributaria Integral del consistorio valenciano o llamar al teléfono 963 895 079. De cara a completar la solicitud por vía telefónica, deberás utilizar el correo electrónico o el fax para remitir la información que te sea demandada.

En Valencia, el plazo voluntario para el pago del IBI sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana en 2021 ocupa desde el 1 de marzo al 12 de julio. 

¿Cuáles son los pasos necesarios para domiciliar el IBI en Zaragoza?

Respecto al municipio de Zaragoza, las domiciliaciones de impuestos tienen que solicitarse al menos dos meses antes del inicio del plazo recaudatorio. Entre las ventajas que el Ayuntamiento de Zaragoza otorga a los propietarios de inmuebles que domicilian el abono del IBI, destaca que los cargos en cuenta se producen el último día de los períodos de pago, y la opción de siempre poder ordenar a la entidad bancaria que devuelva el recibo en caso de disconformidad. 

Asimismo, domiciliar el IBI en Zaragoza implica fraccionar esta tasa en tres, que serán cargadas en cuenta los días 15 de enero, el 30 de abril y el 30 de septiembre. A continuación, puedes ver recogidos los posibles canales para tramitar la domiciliación del IBI:

- Internet: accediendo al portal electrónico del Ayuntamiento de Zaragoza.

- Atención presencial: acudiendo a la Oficina de Recaudación del consistorio.

- Mediante el número de teléfono 976 723 773, en el que el titular que desea proceder a la domiciliación del IBI deberá aportar sus datos identificativos.

¿De qué forma se puede domiciliar el IBI en Málaga?

Domiciliar el IBI en Málaga puede realizarse de modo presencial (con cita previa), telefónico (llamando al teléfono de Gestión Tributaria 951 92 92 92 o al Teléfono de Información Municipal 010) y por Internet (a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga). La domiciliación tendrá validez inmediata siempre que se solicite al menos 20 días antes del cierre del período voluntario de pago del IBI en Málaga. 

En 2021, si optas por repartir el pago domiciliado del IBI en cuatro partes, los cargos en tu cuenta serán cobrados en fecha 7 de junio, 5 de agosto, 5 de octubre y 7 de diciembre.

¿Cómo se puede domiciliar el IBI en Córdoba?

La domiciliación del IBI en la ciudad de Córdoba puede efectuarse mediante la página web del consistorio cordobés (sede electrónica) y, con cita previa, de manera presencial en la Oficina de Atención Tributaria del Ayuntamiento. En el presente año, el período de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Córdoba se extenderá del 5 de abril al 7 de junio.

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