Los planes de pensiones son vehículos de ahorro a largo plazo en los que, por principio, el capital aportado no se puede recuperar hasta el momento de la jubilación del titular. Para compensar esta liquidez restringida, aportan otras ventajas, como los atractivos incentivos fiscales en la aportación.
Sin embargo, existen una serie de casos excepcionales o contingencias bajo las que se puede rescatar el plan de pensiones de manera anticipada.
Estos casos corresponden, en su mayoría, a situaciones excepcionales en las que se prevé que el partícipe pueda necesitar el dinero aportado al plan, por lo que la ley permite su rescate total, siempre y cuando se cumplan unos estrictos requisitos que a continuación se detallan.
Incapacidad laboral del titular
La legislación permite rescatar el plan de pensiones y recuperar el capital ahorrado si el titular demuestra encontrarse en situación legal de incapacidad laboral reconocida por el organismo competente, en las formas de incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Será necesario aportar toda la documentación que acredite estas situaciones para poder hacer efectivo el rescate.
Es importante señalar que, si por cualquier motivo, se perdiera la condición de incapacidad para trabajar se perdería también el derecho a seguir recibiendo las rentas del plan de pensiones.
Situación de dependencia
Enfermedad grave
Para la contingencia de enfermedad grave la ley contempla un abanico de cobertura más amplio que en los anteriores preceptos. Así, se podrá rescatar un plan de pensiones por este supuesto tanto si la enfermedad grave la padece el propio titular del plan como su cónyuge o alguno de los ascendientes o descendientes de aquéllos en primer grado o persona que, en régimen de tutela o acogimiento, conviva con el partícipe o de él dependa.
Por otro lado, se considera enfermedad grave cualquier dolencia o lesión que incapacite temporalmente para la ocupación o actividad habitual de la persona durante un período continuado mínimo de tres meses, y que requiera intervención clínica de cirugía mayor o tratamiento en un centro hospitalario.
Del mismo modo, también se incluyen las dolencias o lesiones con secuelas permanentes que limiten parcialmente o impidan totalmente la ocupación o actividad habitual de la persona afectada, o la incapaciten para la realización de cualquier ocupación o actividad, requiera o no, en este caso, asistencia de otras personas para las actividades más esenciales de la vida humana.
Para rescatar el plan de pensiones bajo este supuesto será necesario, como en los anteriores, acreditar mediante la adecuada documentación médica, el estado de enfermedad grave según lo recogido anteriormente.
Fallecimiento del titular
Situación de desempleo de larga duración
Un plan de pensiones también se puede cancelar en caso de que su titular se encuentre en situación legal de desempleo de larga duración. Para ello, deberán acreditarse tres requisitos:
- 1. Estar en situación legal de desempleo.
- 2. Estar inscrito como demandante de empleo.
- 3. Haber agotado la prestación contributiva por desempleo o no tener derecho a ella.
Por su parte, los trabajadores autónomos también podrán cancelar su plan de pensiones por desempleo de larga duración si ya han agotado todas las prestaciones y ayudas que les corresponden por desempleo y están debidamente registrados como demandantes de empleo.