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      NIVEL DE RIESGO
      4/7

      Este dato es indicativo del riesgo del plan y puede variar a lo largo de tiempo.

      El cobro de la prestación o del ejercicio del derecho de rescate solo es posible en caso de acaecimiento de alguna de las contingencias o supuestos excepcionales de liquidez regulados en la normativa de planes y fondos de pensiones.

      El valor de los derechos de movilización, de las prestaciones y de los supuestos excepcionales de liquidez depende del valor de mercado de los activos del fondo de pensiones y puede provocar pérdidas relevantes.

      Plan de Pensiones Moderado para Autónomos

      Ahorra para tu futuro con un plan equilibrado

      • Aportarás de media un 36,5 % a renta variable (hasta un 53%), con un nivel de riesgo medio.
      • Podrás aportar 5750 € cada año y deducirlo a nivel fiscal.
      • Elegirás una gestora con más de 30 años de experiencia.

      Contrata tu plan y la Cuenta Negocios Bienvenida de forma 100% digital.

      Contratar plan

      ¿Cómo contratar tu Plan de Pensiones Moderado?

      • Abre tu Cuenta Negocios Bienvenida

        En solo unos minutos, tendrás tu cuenta sin comisiones ni condiciones y tu tarjeta de débito también sin comisiones.
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      • Contrata el plan en solo unos pasos

        Cuando seas de BBVA, puedes contratar tu plan desde la app o en tu área privada de bbva.es.
      • Y haz tu primera aportación

        Para activar el plan, haz una aportación desde 30€ en un plazo máximo de 180 días. Si quieres, puedes programar tus aportaciones.

      Para aumentar tus ingresos ahora y en el futuro

      • Más ahorro fiscal

        Podrás aportar 5750 € al año y deducirlo en tu IRPF (1500 € de forma individual + 4250 € por ser autónomo).
      • Menos comisiones

        Pagarás menos comisiones que con un plan individual: 0,5 % por gestión y 0,10 % por depósito.
      • Inversión combinada

        La inversión es combinada: entre un 20 % y un 53 % irá a renta variable y el resto a renta fija y activos alternativos.
      • Control desde la app

        Podrás consultar tu plan al detalle desde el móvil y analizar cómo evoluciona la rentabilidad que vas generando.
      Contratar plan

      Y hacer que tu plan ahorre por ti

      Programa aportaciones periódicas para invertir una pequeña cantidad mes a mes. Así tu ahorro podrá crecer de forma automática y tú podrás ganar más rentabilidad a futuro.
      Más ventajas de las aportaciones periódicas

      Así funciona el Plan de Pensiones Moderado para Autónomos

      ¿Quieres invertir en tu futuro?

      Únete a los más de 3.000 autónomos que tienen su plan de pensiones en BBVA

      No te quedes con las dudas

      Queremos que conozcas y entiendas los documentos que se incluyen en la contratación de esta cuenta. Aquí puedes consultarlos:

      IP Cuenta Autónomos Bienvenida

      Puedes consultar la lista de servicios más representativos a una cuenta de pago: más información.

      Este plan está dirigido a profesionales independientes o autónomos que residan en España y que no sean clientes de BBVA. Se puede contratar de forma 100 % digital en bbva.es y la app BBVA, junto con la Cuenta Negocios Bienvenida.

      Con las aportaciones periódicas puedes invertir en tu plan de forma cómoda y conseguir más rentabilidad a futuro. Te contamos las ventajas principales:

      • Creas un ritmo de ahorro automático, donde la aportación es un movimiento más en tu cuenta.
      • Puedes aportar desde 30 € al mes y seguir teniendo liquidez en tu día a día.
      • Puedes ganar más rentabilidad al invertir poco a poco y a largo plazo.
      • Tienes menos incertidumbre porque aportas en distintos momentos, sin arriesgarte a elegir uno.
      • Evitas la volatilidad del mercado al suavizar el efecto de las subidas y caídas.

      Los planes de pensiones de empleo simplificados para autónomos (PPES) se crearon con la Ley 12/2022, que entró en vigor en enero de 2023. Funcionan de forma parecida a los planes de pensiones de empleo que tienen algunas empresas para sus empleados.

      Un plan de pensiones para autónomos te permite una inversión máxima de 4.250 € al año. Y si lo combinas con un plan de pensiones individual, podrías invertir hasta 5.750 € (1.500 € + 4.250 €).

      Con el plan de pensiones para autónomos de BBVA, puedes empezar a invertir desde 30 € y hacer aportaciones periódicas si quieres invertir el máximo.

      Podrás hacer la primera aportación en un plazo máximo de 180 días naturales desde la firma del contrato. Si no haces aportaciones transcurrido este plazo, se cancelará el plan.

      Cada año, podrás aportar hasta 4250 € a tu plan de pensiones para autónomos y deducirlo en tu IRPF.Y si ya tienes un plan individual, podrás combinarlos y deducirte hasta 5750 € al año (4250 € + 1500 €).

      El dinero invertido se restará a tu base imponible y será como si no lo hubieras ganado. Por ejemplo, si aportas 4.250 € y ganas 40.000 € al año, podrás desgravarte hasta 1.572,5 €

      Sí, el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones permite rescatar las aportaciones a planes de pensiones que tengan 10 años de antigüedad, siempre que esta posibilidad esté recogida en sus especificaciones. En el caso de los Planes de Pensiones para autónomos que te estamos presentando, sí se contempla esa posibilidad.

      Además, hay determinados supuestos en los que también puedes recuperar la inversión realizada antes de la jubilación: en casos de desempleo, incapacidad, dependencia o enfermedad grave, entre otros. Pregúntanos la mejor forma de hacerlo.

      La jubilación es una de las situaciones que permiten el rescate del plan de pensiones.

      Al contrario de lo ocurrido en los años de aportación al plan, las rentas que se rescaten del plan de pensiones (una vez en situación de jubilación) van a incrementar, y no reducir, la base imponible del IRPF, ya que pasan a considerarse como ‘rendimientos del trabajo’. Es importante, por tanto, tener en cuenta la forma de rescate del plan de pensiones para evaluar su impacto fiscal.

      Para que tengas una idea más clara, te ponemos un ejemplo teniendo en cuenta la escala general del impuesto. Ten en cuenta que estos cálculos pueden verse afectados por las circunstancias personales y familiares de cada contribuyente.

      Si retomamos el ejemplo anterior: tras cotizar durante 35 años con un sueldo bruto anual que, en la última década, ha sido de 22.000 €, queda una pensión aproximada anual de 19.615 €. Según el índice de tramos del IRPF, la renta por jubilación va a tributar al 19 % (primeros 12.450 €) y al 24 % lo que resta (hasta los 19.615 €).
      Ahora, y en base lo indicado, se procede a rescatar el plan de pensiones, para lo que se tienen varias formas de hacerlo:

      Rescate del plan de pensiones: en forma de capital

      Esta modalidad va a permitir que se rescate el 100 % del capital acumulado en el plan de pensiones, es decir, se recuperan las cuotas que se han ido ahorrando a lo largo de los años y la “posible” rentabilidad que derive de ellas.
      Al rescatar el plan de pensiones de esta manera, se hace frente a un único pago de impuestos (relativo a lo ahorrado en el plan de pensiones). Para calcularlo, hay que sumarle, a la cantidad rescatada (por ejemplo, 90.000 €) la pensión pública anual de 19.615 € y se elevará el tipo marginal hasta el 45%. Todo lo que exceda de 60.000 euros (49.615 euros en nuestro ejemplo) tributa a este tipo del 45%.

      Prácticamente el resto del importe procedente del plan (el comprendido en el intervalo entre los 35.200 y los 60.000 euros) tributa, también, a un tipo elevado: 37%.

      En años sucesivos se vuelve a tributar, exclusivamente, por la pensión pública, al no percibir otras rentas, y el tipo marginal se verá reducido de nuevo. Sin embargo, el impacto fiscal del año de rescate del plan de pensiones es muy elevado.

      Rescate del plan de pensiones: en forma de renta

      Esta modalidad de rescate del plan de pensiones, hace que se reciba, de manera periódica (mensual, trimestral, semestral o anual), una cantidad de dinero que puede ser, a su vez, fija o variable (dependiendo del tipo de renta que hayamos escogido):

      • Si optamos por una ‘renta asegurada’: como la rentabilidad de un plan de pensiones está sujeta a los movimientos del mercado, la cuota que se recibe puede variar con el tiempo. En las rentas aseguradas esto no ocurre y siempre se cobra, al rescatar el plan de pensiones, la misma cuantía.
      • Si optamos por una ‘renta financiera’: en este caso, la cuantía que se recibe de manera periódica, por el rescate del plan, varía en función de la rentabilidad del mismo.

      De vuelta al ejemplo: si se disfruta, como hemos indicado con anterioridad, de una pensión pública de 19.615 €, y se han ahorrado 90.000 € en el plan de pensiones, al recuperarlo con la modalidad, en su “versión” de renta asegurada y en un plazo de 20 años, va a reportar, aproximadamente, 6.569 € anuales. Si se suman a la pensión pública, da un total de 26.184 €, que tributan de la siguiente manera:

      • Primeros 12.450 euros: 19%.
      • Entre 12.450 y 20.200: 24%.
      • El resto, hasta los 26.184 euros: 30%.

      El rescate del plan de pensiones en forma de renta, a diferencia del realizado ‘en forma de capital’, suele tener un impacto fiscal más progresivo, dado que la tributación se reparte en diferentes ejercicios fiscales. Es, generalmente, la forma más eficiente de rescatar un plan de pensiones, si bien también hay que planificar el rescate correctamente para determinar qué importe anual minimiza la factura fiscal y tratar de no saltar a un tramo superior de IRPF.

      Rescate del plan de pensiones: rescate mixto

      Una tercera forma de rescatar un plan de pensiones es el rescate mixto, que consiste en recibir una parte de lo ahorrado en capital y, posteriormente, recibir una renta periódica.

      De nuevo, es importante calcular hasta qué punto es interesante recuperar la parte del capital y afrontar el incremento, o no, del tramo del IRPF.

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