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Renta 2017, todo lo que debes saber
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Fechas clave de la campaña de la renta 2017
Desde el 4 de abril se pueden solicitar los borradores y presentar la declaración de la Renta, siempre que se haga a través de Internet (a través de Renta Web, que sustituyó al antiguo programa PADRE) o vía telefónica. A partir del 8 de mayo se puede solicitar cita previa para ser atendido por un gestor de la Agencia Tributaria, en alguna de las sedes físicas de la entidad. Desde el día 10 de mayo, será posible la presentación presencial de declaraciones a través de las oficinas de la Agencia Tributaria, de entidades colaboradoras o de comunidades autónomas.
La campaña de la Renta 2017 concluirá el próximo 2 de julio, aunque para aquellos contribuyentes cuya declaración les salga a pagar y domicilien el pago, la fecha límite es el 27 de junio.
Novedades de este año
Una de las grandes novedades de este año es la nueva app para hacer la declaración, disponible para dispositivos móviles Android e iOS. A través de ella se pueden solicitar los datos fiscales o el número de referencia para elaborar la declaración, además de presentarla.
El sistema ‘Le llamamos’ también se incorpora a la oferta de la Agencia tributaria para los contribuyentes. Mediante esta herramienta se puede solicitar una cita previa (en los teléfonos 901 12 12 24 ó 91 553 00 71) para que la Administración llame al usuario, y éste pueda elaborar y presentar su renta a través del teléfono.

Además, se ha creado un nuevo anexo en el modelo de declaración, en el que se recogerá toda la información relevante de cara a ejercicios futuros, y que servirá como referencia de cara a declaraciones de ejercicios posteriores.
Recordemos que en la campaña de 2016 se presentaron más de 19,7 millones de declaraciones, de las que 14 salieron a devolver. Los contribuyentes que se encontraba en esa situación ingresaron un total de 9.996 millones de euros. Hubo 4,86 millones de contribuyentes cuyas declaraciones salieron a pagar, por un importe total de 9.173 millones de euros.
Tratamiento fiscal de los productos financieros
Los productos financieros dan lugar a dos tipos de rentas fiscales: las ganancias o pérdidas patrimoniales (principalmente de la transmisión de acciones y de fondos de inversión) y los rendimientos de capital mobiliario (cuentas, depósitos, seguros de vida, letras y bonos del tesoro…). En ambos casos, la tributación oscila entre el 19 y el 23 %, y forman parte de la base imponible del ahorro.
Como novedad para la campaña de la renta 2017, la transmisión de derechos de suscripción preferente generará una ganancia patrimonial sometida a retención.
Medidas que permiten rebajar la carga fiscal
Siguen existiendo deducciones que pueden mejorar la carga fiscal de la declaración de la renta. Como la deducción por inversión en vivienda habitual, para aquellos que compraron el inmueble antes del 1 de enero de 2013 y con un importe máximo de 9.040 euros por contribuyente.
Otro ejemplo de este tipo de medidas, es la inversión en fondos de inversión, ya que se pueden realizar traspasos entre fondos sin tributar hasta el momento en el que se retire el dinero definitivamente siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos (entre los que se encuentra la necesidad de reinvertir inmediatamente el dinero obtenido en el reembolso del primer fondo en la suscripción del segundo sin disponer de dicho dinero en ningún momento).
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