Línea ICO Avales Ucrania
En BBVA queremos ayudarte a reducir el impacto de la Guerra de Ucrania en tu negocio
Si tienes una empresa o eres autónomo, puedes beneficiarte de la financiación que ofrecemos y que se apoya en la línea de avales del Estado gestionada por el ICO según RD-l. 6/2022.
Además, nos esforzaremos en agilizar al máximo los trámites de formalización.
¿Cuál puede ser la finalidad de las ayudas?
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La financiación se destina a cubrir las necesidades de liquidez e inversiones (gastos corrientes, capital circulante e inversiones).
Características de las Línea ICO Ucrania
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Disponible para autónomos y empresas con domicilio social en España que estén afectadas por los efectos económicos y sociales de la agresión de Rusia a Ucrania, siempre que no tengas posiciones en mora en ninguna entidad financiera, ni estés en Concurso de Acreedores, y que no tengas avales de las Líneas ICO Covid ejecutados por impagos o hayas solicitado alguna quita al amparo del Código de Buenas Prácticas en relación con dichas Líneas ICO Covid.
Plazo y % aval en función de Marco Temporal Ucrania:
- Marco Temporal Ucrania 2.1 (operaciones cuya suma de avales < 2.000.000 €, o 300.000 € para empresas del sector pesca o acuicultura o 250.000 € para empresas activas en el sector primario): máximo 10 años. Los avales podrán llegar al 80 % del valor de las operaciones de financiación.
- Marco Temporal Ucrania 2.2: (clientes que superen el Marco Temporal 2.1 y con un máximo del mayor valor entre (i) el 15 % de ventas anual medio durante los tres últimos ejercicios; ó (ii) 50 % coste energía últimos 12 meses): máximo 8 años. Los avales podrán llegar al 80 % del importe de las operaciones de financiación si eres un autónomo o una Pyme y hasta el 70 % si eres una empresa. En todo caso nunca podrá superar 150.000.000 €.
Mínimo 12 meses de carencia de capital inicial a solicitud del cliente.
Restricciones:
- Deben ser operaciones nuevas, no pudiéndose solicitar para renovaciones o reestructuraciones.
- Esta línea no es compatible con otras ayudas que hayas solicitado para el mismo proyecto de inversión.
- Las operaciones al amparo de esta línea que superen los 50.000.000 € se comprometerán a no repartir dividendo durante la vida de la operación.
Esta línea de financiación estará disponible hasta el 1 de diciembre de 2023 o hasta que se consuman los 10.000MM € asignados a esta línea.
Condiciones de financiación sujetas al cumplimiento de los criterios de elegibilidad exigidos por el ICO, sujeta a aprobación por parte de BBVA, S.A. y de la disponibilidad de fondos en la línea de avales.
Cómo solicitar las Línea ICO Ucrania
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¿Cómo se solicitan las ayudas?
La solicitud se realiza a través del gestor habitual de BBVA, que aclarará cualquier duda e indicará cómo enviar la documentación necesaria.
También puedes buscar las oficinas abiertas en cada localidad.
Documentación necesaria
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¿Qué documentación se requiere?
Con el objetivo de cumplir con los requisitos de documentación fijados para autónomos y pymes por el Instituto de Crédito Oficial, a continuación se detallan los documentos necesarios para tramitar la Línea de Avales RD-l. 6/2022.
Documentación que debe aportarse a BBVA:
Con el objetivo de cumplir con los requisitos de documentación fijados para autónomos y pymes por el Instituto de Crédito Oficial, a continuación se detallan los documentos necesarios para tramitar la Línea de Avales Real Decreto-ley 6/2022. Para tramitar el aval , es necesario aportar a ICO para la validación del aval, los siguientes documentos:
- Declaración Responsable de Ayudas sujetas al “Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia”.
- Declaración Responsable sobre el Cumplimiento de determinadas condiciones para la solicitud del aval a través de la Línea ICO Avales Ucrania, que incluye:
a) estar afectado por la crisis en Ucrania;
b) no estar sujeto sanciones que la Unión Europea haya podido establecer a raíz de la agresión contra Ucrania por parte de Rusia, así como de no estar incursos en alguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de las recogidas en el artículo 13.2 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;
c) no está en concurso de acreedores ni se dan las circunstancias previstas en el art. 2.4 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal o norma que la sustituya y
d) no está domiciliada ni la matriz ni las empresas del grupo en un paraíso fiscal o territorio no colaborador en materia fiscal.
- Autorización firmada por el cliente para que ICO y el banco puedan consultar los datos de CIRBE del cliente.
- Certificado ECOT de la AEAT o Haciendas Forales de estar al corriente de las obligaciones tributarias.
- Certificado de la TGSS de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
- Certificado de la TGSS de estar dado de alta y con actividad.
- Consentimiento expreso del cliente para verificación de datos con la AEAT o las Haciendas Forales.
- Consentimiento expreso del cliente para verificación de datos con la TGSS.
- Declaración responsable señalando que se cumplen con los plazos medios de pago a proveedores recogidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales; o en caso de ser una sociedad auditada, certificado del auditor que señale que se cumple con dicho plazo medio de pago a proveedores.
- Si la operación se adscribe al apartado 2.2 del Marco Temporal de Ucrania de ayudas de Estado y la solicitud de financiación se referenciará al 15% del volumen de negocios anual medio de los últimos 3 años del autónomo o empresa, tendrá que entregar:
a) declaraciones anuales de IVA o impuesto sustitutivo o las cuentas anuales aprobadas o auditadas en su caso, de los 3 últimos ejercicios cerrados a la fecha de solicitud del aval. En el caso de clientes adheridos al sistema SII de liquidación de IVA, se requerirán las liquidaciones mensuales. Si el autónomo o empresa contara únicamente con 2 o 1 ejercicio cerrado, se presentarán las cuentas anuales auditadas o las declaraciones anuales de IVA correspondientes a esos ejercicios.
b) en caso de que el autónomo o empresa no hubiera estado en funcionamiento al menos un ejercicio completo, las declaraciones disponibles para el período de actividad, que en todo caso no podrá ser inferior a 3 meses. - Si la operación se adscribe al apartado 2.2 del Marco Temporal de Ucrania de ayudas de Estado y la solicitud de financiación se referenciará al 50 % de los costes de la energía en los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud de ayuda a la entidad, se tendrá que entregar la acreditación por un proveedor de energía de los costes de energía de la empresa durante los 12 meses anteriores al mes en el que se solicita a la entidad financiera la financiación avalada.
- Declaración Responsable de Ayudas sujetas al “Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia”.