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(*) Siempre y cuando la póliza se encuentre en vigor y sin recibos pendientes de cobro. El abono de descuento aplicado se realizará a continuación del cargo de la prima del recibo de seguro, en la misma cuenta y sin ningún trámite por tu parte.
Es un producto asegurado por BBVA SEGUROS, S.A, DE SEGUROS y REASEGUROS. Inscrita en el Registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con la clave C-502.
El Mediador de los Seguros es BBVA MEDIACIÓN, OPERADOR DE BANCA-SEGUROS VINCULADO S.A., Sociedad Inscrita en el Reg. Administrativo Especial con la clave OV-0060. Concertado Seguro de Responsabilidad Civil y dispone de capacidad financiera.
El conjunto formado por la construcción principal y las accesorias de la vivienda asegurada. Se incluyen las instalaciones fijas y los aparatos fijos para servicios de la vivienda, así como jardines, cerramientos exteriores e instalaciones deportivas o de recreo.
En caso de propiedad horizontal, se incluye la parte proporcional que corresponde al Asegurado como copropietario de los elementos comunes del edificio.
Forman parte del Contenido:
Mobiliario y enseres: Bienes muebles, enseres domésticos de uso personal, víveres y provisiones y demás objetos que se hallen dentro del Continente de la vivienda objeto del seguro que sean propiedad del Tomador o de las personas que con él convivan.
Dinero en efectivo: Se incluye en el Contenido Asegurado de la vivienda habitual el dinero en efectivo, los cheques y valores hasta un importe de 300 € en la modalidad Extra y 1.200 € en la Superior, que sean propiedad del Tomador /Asegurador o de las personas que convivan con él.
Joyas: Cualquier objeto que sirva para el ornato personal y que incorpore piedras preciosas o semipreciosas, perlas, plata, oro, platino o aleación de metales preciosos. Se aseguran JOYAS dentro del Capital garantizado para Contenido hasta un máximo de 3.000 € en la VIVIENDA HABITUAL. Esta suma asegurada únicamente podrá ampliarse mediante la contratación de la garantía opcional de Ampliación de Joyas en caso de que su valor supere los 3.000 €, expresamente indicada en las Condiciones Particulares.
Objetos Especiales: Cualquier objeto realizado con metales preciosos o piedras preciosas que no sirva para el ornato personal. Además tendrá consideración de Objeto Especial cualquier otro objeto cuyo valor unitario, en el momento de la contratación de la garantía, sea superior a 2.000 € y se corresponda con alguno de los siguientes: obras de arte, antigüedades, marfiles, pieles, alfombras, tapices, relojes, objetos personales, armas, bicicletas y objetos para la práctica de deportes, ordenadores, aparatos de visión y sonido, instrumentos de música y colecciones.
Responsabilidad Civil: Es la obligación que tiene una persona de reparar los daños y perjuicios que por su culpa haya causado a otra. Se garantiza la responsabilidad civil extra contractual y en el ámbito de su vida privada, no relacionada con una obligación contractual.
En función de las características de la vivienda (m2 construidos, zona geográfica, tipo y uso), se determinan los ‘capitales recomendados’ de Continente y Contenido.
El capital recomendado por la aplicación para Continente, representa el importe mínimo a contratar para esta garantía. Al contratar los capitales asegurados, como mínimo, por los importes recomendados por BBVA Seguros, la MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO es a “VALOR RECOMENDADO” y, mediante la misma, la Compañía renuncia TOTALMENTE A LA APLICACIÓN DE LA REGLA PROPORCIONAL POR INFRASEGURO, incluso por encima de la suma asegurada.
Para la Garantía de Contenido la derogación total de la regla proporcional tendrá una limitación temporal de 3 anualidades de seguro desde la fecha de efecto inicial de la póliza, tras las cuales será necesaria la revisión de la “Suma Asegurada”.
Si para el Contenido se asegura un capital inferior al recomendado por la Compañía, la MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO es a “VALOR SOLICITADO” y, bajo esta modalidad de aseguramiento, la Compañía renuncia a la aplicación de la Regla Proporcional por Infraseguro, si bien el límite de indemnización en cada evento cubierto será la Suma Asegurada por la garantía correspondiente.
Cobertura a primer riesgo de Joyas y Objetos Especiales: Estos tipos de bienes son objeto de cobertura hasta el límite indicado en esta póliza aunque su valor en el mercado sea superior. No se aplicará la Regla Proporcional por infraseguro.
Seguro Complementario de la póliza de la Comunidad: Siempre que figure expresamente contratada esta forma de aseguramiento en las Condiciones Particulares de la póliza, la Compañía asumirá totalmente los daños producidos en el Continente de la vivienda asegurada, renunciando a la aplicación de la “Regla proporcional por infraseguro”, hasta el límite de indemnización.
| Coberturas | Continente | Contenido |
|---|---|---|
| Incendio, Explosión, Caída de Rayo y Humo | 100% | 100% |
| Accidentes por Electricidad | 100% | 100% |
| Inundación y daños por líquidos | 100% (1) | 100% (1) |
| Actos de vandalismo o malintencionados | 100% | 100% |
| Lluvia, Viento, Pedrisco o Nieve | 100% (2) | 100% (2) |
| Ondas sónicas e impactos desde el exterior | 100% | 100% |
| Rotura de cristales, vidrios, placas de vitrocerámica, mármoles, loza sanitaria y muebles de metacrilato | 100% | 100% |
| Robo, infidelidad de empleados y hurto dentro de la vivienda | 100% | 100% (3) |
Robo fuera de la vivienda, ámbito geográfico: todo el mundo | --- | 1.800€ (4) |
| Inhabitabilidad de la vivienda | Indemnización durante un plazo máximo de un año (5) | |
| Gastos de desescombro, salvamento y tasa de bomberos | 5% de la suma de capitales de Continente y Contenido | |
| Gastos de restauración estética | 1.200€ | |
| Traslado temporal de bienes asegurados | 6.000€ (6) | |
| Alimentos refrigerados o congelados | --- | 600€ |
| Reposición de documentos Responsabilidad Civil | --- | 600€ |
| Responsabilidad Civil Extracontractual | 150.000€ (7) | |
(1) Incluye el exceso de agua medido por el contador, con límite 300€
(2) Lluvia: intensidad superior a 40 litros por m2/hora. Viento: velocidad registrada superior a 75km/h (3) Dinero efectivo: 300€. Hurto máximo 1.800€. Infidelidad máximo 900€
(4) Dinero efectivo: 300€. Uso tarjetas primarias 24h: 300€
(5) Indemnización durante un plazo máximo de un año por: alquiler de vivienda similar a la asegurada. Pérdida de alquileres. Alojamiento en hotel: máx. 7 días y hasta 600€, lím. 50€ por persona y día. Gastos de restaurante y lavandería: máx. 7 días y 500€, lím. 20€ persona y día
(6) Para todo tipo de objetos. Dinero en efectivo: 300€
(7) Daños a empleados domésticos: 60.000€. Gastos de defensa y fianzas civiles: incluidos. Reclamación de daños: hasta 30.000€
| Coberturas | Continente | Contenido |
|---|---|---|
| Incendio, Explosión, Caída de Rayo y Humo | 100% | 100% |
| Accidentes por Electricidad | 100% | 100% |
| Inundación y daños por líquidos | 100% (1) | 100% (1) |
| Congelación y atascos | 100% | 100% |
| Actos de vandalismo o malintencionados | 100% | 100% |
| Lluvia, Viento, Pedrisco o Nieve | 100% | 100% |
| Ondas sónicas e impactos desde el exterior | 100% | 100% |
| Rotura de cristales, vidrios, placas de vitrocerámica, mármoles, loza sanitaria y muebles de metacrilato | 100% | 100% |
| Robo, infidelidad de empleados y hurto dentro de la vivienda | 100% | 100% (2) |
| Robo fuera de la vivienda, ámbito geográfico: todo el mundo | --- | 3.000€ (3) |
| Hurto fuera de la vivienda asegurada. Cobertura exclusiva de vivienda habitual | --- | 1.500€/año |
| Cambio de cerradura por hurto, pérdida de llaves | --- | incluido |
| Inhabitabilidad de la vivienda | Indemnización durante un plazo máximo de un año (4) | |
| Gastos de desescombro, salvamento y tasa de bomberos | 100% | 100% |
| Gastos de restauración estética | 3.000€ | |
| Traslado temporal de bienes asegurados | --- | 6.000€ (5) |
| Alimentos refrigerados o congelados | --- | 600€ |
| Reposición de documentos | --- | 600€ |
| Garantía Especial de daños | 6.000€ por anulidad | |
| Todo Riesgo Accidental | 100% | 100% (6) |
| Asistencia extraordinaria | 150€ por servicio. Máx. 3 al año | |
| Responsabilidad Civil Extracontractual | 300.000€ (7) | |
(1) Incluye el exceso de agua medido por el contador, con límite 300€
(2) Dinero efectivo: 1.200€. Hurto máx.: 3.000€. Infidelidad máx.: 3.000€
(3) Dinero efectivo: 1.200€. Uso tarjetas primarias 24h: 1.200€
(4) Indemnización durante un plazo máximo de un año por: alquiler de vivienda similar a la asegurada. Pérdida de alquileres. Alojamiento en hotel: máx. 7 días y hasta 1.200€, lím. 100€ por persona y día. Gastos de restaurante y lavandería: máx. 7 días y 1.000€, lím. 30€ persona y día. Desalojo Forzoso: máx. 30 días, máx. 100€ por día y persona
(5) Para todo tipo de objetos. Dinero en efectivo: 1.200€
(6) Equipos infomáticos y aparatos eléctricos: 1.000€/año
(7) Daños a empleados domésticos: 90.000€. Gastos de defensa y fianzas civiles: incluidos. Reclamación de daños: hasta 30.000€
Si deseas más información acércate a tu Oficina BBVA, llama a la Línea BBVA Seguros 902 120 010 o solicita tu Asesor BBVA Contigo.